SOCIEDAD CONCESIONARIA DE ALIMENTOS LAS DELICIAS LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ROBERTO PUGA PINO
- Domicilio
- Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Público, suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la 2ª Notaría de Santiago, Alcantara170,Las Condes, certifica que por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña LORENA ELIZABETH VARGAS CATALÁN, Los Caimanes N° 2461, casa 38 , Puente Alto, don CLAUDIO FRANCISCO ROA ALMAN, Gregorio de la Fuente N° 3.222, Departamento 1503, Macul , y doña EVELYN ALEJANDRA VERA IBAÑEZ , Av. Presidente Ramón Barros Luco N° 0249, Quilicura, vienen en sanear escritura pública de modificación de sociedad, otorgada en esta misma Notaría de Santiago con fecha 10 de Mayo del 2019, inscrita en Registro de Comercio , del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 48365, número 24071, del año 2019, publicado en D.O. el 28 Junio del 2019 , Saneamiento Consiste : Es del caso que al ser cónyuges casados bajo el régimen de separación total de bienes doña LORENA ELIZABETH VARGAS CATALÁN, y don CLAUDIO FRANCISCO ROA ALMAN, y para los efecto de evitar nulidades o inconvenientes en la celebración de cualquier acto jurídico a celebrarse por parte de la sociedad, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo mil setecientos noventa y seis del Código Civil,por este acto, los socios comparecientes suscriben la presente escritura de saneamiento, en virtud de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, por la cual vienen en sanear la escritura de modificación de la sociedad referida en la cláusula segunda, a fin de cumplir estrictamente con lo dispuesto en ell artículo mil setecientos noventa y seis del Código Civil, y sanear el referido vicio, señalandoque: SOCIEDAD CONCESIONARIA DE ALIMENTOS LAS DELICIAS LIMITADA” o “ALIMENTOS LAS DELICIAS LIMITADA” se modifica de la siguiente manera: esta sociedad constituida el 16 de Mayo del 2012 , por escritura pública otorgada en esta misma Notaría , el extracto fue inscrito a fojas 32.494, Número 22.835 del registro de Comercio de Santiago del año 2012 , publicada en el D.O. el 30 de Mayo del 2012 ; La modificación consiste : LORENA ELIZABETH VARGAS CATALÁN, vende , cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en la sociedad ,esto es un 50 % de derechos sociales a doña EVELYN ALEJANDRA VERA IBAÑEZ, quién los compra , adquiere y acepta para sí, en la suma de $2.500.000.- pagados según escritura, a su vez doña EVELYN ALEJANDRA VERA IBAÑEZ, vende , cede y transfiere la mitad de los derechos que posee en la sociedad ,esto es un 50 % de derechos sociales a don CLAUDIO FRANCISCO ROA ALMAN ,quién los compra , adquiere y acepta para sí, en la suma de $2.500.000.- pagados según escritura, En consecuencia, después de cesión quedan como únicos socios CLAUDIO FRANCISCO ROA ALMAN, con un 50% de derechos sociales, y EVELYN ALEJANDRA VERA IBAÑEZ, con un 50% de derechos sociales; Los actuales socios acuerdan que la administración, representación legal y uso razón social corresponderá en lo sucesivo y futuro al socio CLAUDIO FRANCISCO ROA ALMAN, demás estipulaciones pacto social extractado.- Santiago 28 de enero del. 2022-