MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones y Asesorías Jasa Limitada

RUT 77036920-7 CVE 2080568
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de enero de 2022
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2022
Repertorio
292
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercería Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Sociedad de Inversiones y Asesorías Jasa Limitada socio 77036920-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, chileno, Abogado y Notario Público Titular de la Tercería Notaría de Chillán, con oficio en calle Nº 620, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 19/01/2022, Repertorio Nº 292, otorgada ante mí: Rayén Gutiérrez Thayer, C.I. 16.958.987-9, en representación de Paula Lucía Alonso Imperatore, C.I. 8.708.370-5 y don Andrés Javier Salgado Romeo, C.I. 8.938.486-9 quien suscribe escritura de saneamiento conforme a la ley 19.499 por falta de publicación e inscripción de modificación social suscrita ante LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos 2889, Las Condes, mediante escritura pública de fecha 05 de agosto de 2021, en la cual compareció Andrés Javier Salgado Romeo, C.I. 8.938.486-9 y Paula Lucía Alonso Imperatore, C.I. 8.708.370-5, quienes modificaron la Sociedad de Inversiones y Asesorías Jasa Limitada, R.U.T. 77.036.920-7, constituida con fecha 04 de junio de 1997 ante Notario Humberto Quezada Moreno, inscrita a fojas 13752, Nº 11029 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997 y publicada el 18 de junio del mismo año, la cual tiene un capital de $10.000.000.- En la escritura cuyo saneamiento se busca, Andrés Javier Salgado Romeo vende, cede y transfiere el 20% de sus derechos sociales a Paula Lucía Alonso Imperatore. La cesión ha sido pactada como pago de compensación económica aprobada y ordenada por sentencia judicial en causa RIT C-3378-2021, del 2º Juzgado Familia de Santiago. Se modificaron los estatutos en el artículo quinto el que quedó como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El Capital social es la suma de diez millones de pesos, que las partes aportan o aportarán en la proporción y forma siguiente: a) don Andrés Javier Salgado Romeo aporta la suma de $5.000.000.- al contado y en dinero efectivo, lo que representa un 50% del capital, y doña Paula Lucía Alonso Imperatore aporta y paga en este acto y en dinero efecto la suma de $5.000.000.- al contado y en dinero efectivo, lo que representa un 50% del capital social.” Demás estipulaciones consta de escritura de modificación.