MyA Growth Tech SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de enero de 2022
- Repertorio
- 978-2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto a) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos; y b) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARTINO Y ALONSO LIMITADA | socio | 76288610-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 18 de enero de 2022, repertorio N° 978-2022, ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, MARTINO Y ALONSO LIMITADA, R.U.T. 76.288.610-3, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: MyA Growth Tech SpA.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto a) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos; y b) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, moneda de curso legal, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 25 de enero de 2022.