SOCIEDAD DE ASESORÍAS FINANCIERAS LEGALES Y TRIBUTARIAS DUMAY LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2022
- Repertorio
- 313-2022
- Notario
- MARIA JOSE BRAVO CRUZ
- Domicilio
- don Eduardo Diez Morello
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogado, Notario Público Suplente de don Eduardo Diez Morello, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello, con fecha 06 de enero de 2022, bajo el repertorio 313-2022; Don RAÚL ANTONIO ZÁRATE MARISIO chileno casado y separado de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número cinco millones nueve mil cuatrocientos setenta y nueve guión cero, doña BEATRIZ BELLO PAULY, chilena, casada con separación total de bienes, publicista, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos seis mil cincuenta guión ocho, doña CAMILA BEATRIZ ZÁRATE BELLO, chilena, psicóloga, soltera, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y ocho mil trescientos sesenta y tres guión nueve, doña MARÍA PAZ ZÁRATE BELLO, chilena, abogada, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad dieciséis millones trecientos sesenta y nueve mil veintiocho guion cuatro, doña MARÍA JESÚS ZÁRATE BELLO, chilena, soltera, diseñadora industrial, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochenta y nueve mil cuatrocientos nueve guión K, y don RAÚL ANTONIO ZÁRATE BELLO, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número veinte millones setenta y cuatro mil treinta y ocho guión seis, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Providencia número dos mil ciento cincuenta y cinco, oficina mil doscientos tres, torre A, comuna de Providencia, Santiago Chile, modifican la “SOCIEDAD DE ASESORÍAS FINANCIERAS LEGALES Y TRIBUTARIAS DUMAY LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento ochenta y ocho mil ciento ochenta guión siete , persona jurídica de derecho, constituida por escritura pública de fecha veinte de Agosto de mil novecientos noventa y ocho, otorgada ante la notaría de don Fernando Opazo Larraín. Un extracto de ella se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas veinte mil quinientos cincuenta y cinco, número dieciséis mil seiscientos treinta del año mil novecientos noventa y ocho, y se publicó en el diario oficial con fecha ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho. B) Por escritura pública de saneamiento de fecha catorce de Octubre de mil novecientos noventa y ocho, otorgada ante la notaría de don Fernando Opazo, de saneamiento se cambia la razón social. Un extracto de ella se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas veinticinco mil ciento noventa y cuatro, número veinte mil ciento noventa y siete del año mil novecientos noventa y ocho. C) Por escritura pública de fecha veintinueve de Diciembre del dos mil, otorgada ante la notaría de don Arturo Carvajal Escobar, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas mil cuatrocientos setenta y tres, número mil doscientos veinticuatro del año dos mil uno, se modificó la sociedad. D) Por escritura pública de fecha diecisiete de Abril de dos mil dos, otorgada ante la notaría de don Arturo Carvajal Escobar, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas once mil cuatrocientos setenta y dos, número nueve mil quinientos diecinueve correspondiente al año dos mil dos, se modificó la sociedad. E) Por escritura pública de fecha diecisiete de Noviembre de dos mil ocho, otorgada ante la notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces a fojas cincuenta y cuatro mil quinientos veinticinco, número treinta y siete mil setecientos cincuenta y seis correspondiente al año dos mil ocho, se modificó la sociedad. F) Por escritura pública de fecha diez de Diciembre de dos mil nueve, otorgada ante la notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas sesenta y dos mil quince, número cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y siete correspondiente al año dos mil nueve, se modificó la sociedad. G) Por escritura de fecha 6 de Diciembre de 2011, otorgada ante la notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y cuatro mil novecientos veintidós, número cincuenta y cuatro mil ochocientos ochenta y ocho correspondiente al año dos mil once, se modificó la sociedad. H) Por extracto de fecha veintiuno de Diciembre de dos mil once, el notario doña María Soledad Santos Muñoz, viene en rectificar modificación anteriormente enunciada, señalando que la fecha de la escritura pública es de seis de Diciembre de dos mil once, y no del cinco de Diciembre del dos mil once, como se señaló en el extracto anteriormente señalado. Éste se inscribió en el Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas setenta y siete mil tres, número cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y dos, correspondiente al año dos mil once. La modificación consiste en que la socia doña MARÍA PAZ ZÁRATE BELLO, quien es dueña del 25 por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, a don RAÚL ANTONIO ZÁRATE BELLO, quien compra, acepta y adquiere para sí dicho veinticinco por ciento, por la suma de dos millones de pesos, que se pagan al contado, en dinero efectivo, y en este acto por la cedente al cesionario, quién lo recibe a su entera satisfacción. En consecuencia, serán en adelante socios de “SOCIEDAD DE ASESORÍAS FINANCIERAS LEGALES Y TRIBUTARIAS DUMAY LIMITADA”, a) Don Raúl Antonio Zárate Marisio, con un diez por ciento de participación social. B) Doña Beatriz Bello Pauly, con un 20 por ciento de la participación social. C) Doña Camila Beatriz Zárate Bello, con un 20 por ciento de la participación social. D) Doña María Jesús Zárate Bello, con un 25 por ciento de la participación social. E) Don Raúl Antonio Zárate Bello, con un 25 por ciento de la participación social. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán plenamente vigente las demás estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 18 de enero de 2022.- María José Bravo Cruz. Notario Suplente.-