RENTAS SANTA ELENA II SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2022
- Repertorio
- 7645-2021
- Notario
- Suplente de don JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública de San Miguel
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RENTAS SANTA ELENA SpA | socio | 77136738-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISSELLE CECILIA MÁRQUEZ LEÓN, Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que con fecha 16 de diciembre de 2021, Repertorio No 7645 - 2021, ante el Notario Titular, RENTAS SANTA ELENA SpA, RUT 77.136.738-0, modificó RENTAS SANTA ELENA II SpA RUT 77.498.306-6, inscrita a fs 96.153 No 44.301 del Registro de Comercio de Santiago, del an?o 2021, en el siguiente sentido: A.- Aumentar el capital, en USD$5.000.000.- mediante la emisión de 5.000.000 de nuevas acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, a un valor de suscripción de USD$1.- cada una de ellas.- B.- Modificar el Artículo Quinto de los estatutos, sustituyendo su actual redacción, quedando en adelante redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve Dólares de los Estados Unidos de América y se divide y representa en cinco millones ochocientas cincuenta y seis mil ochocientas cincuenta y nueve acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal. Cada acción dará derecho a un voto. Lo anterior sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad las disposiciones del presente estatuto social y en forma supletoria, de acuerdo a las normas legales de las sociedades anónimas cerradas que les sean aplicables. Dicho capital será suscrito y pagado en la forma y en los plazos establecidos en el Artículo Transitorio de estos estatutos.”.- C.- Modificar el Artículo Transitorio de los estatutos, reemplazando el actual texto por el siguiente: “ARTICULO TRANSITORIO. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES.- A.- RENTAS SANTA ELENA SpA suscribió ochocientas cincuenta y seis mil ochocientas cincuenta y nueve acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, por la suma de ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve Dólares de los Estado Unidos de América, que pagó con el aporte en dominio a la Sociedad de la totalidad de los derechos sociales de que era titular en SANTA ELENA LLC, EIN treinta guión uno dos cuatro cuatro dos tres nueve, entidad residente en Estados Unidos de América, aporte que fue recibido por la Sociedad y avaluado según su valor tributario al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, equivalente a la suma de ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América. El aporte de tales derechos sociales en pago de estas acciones se efectuó al valor tributario que éstas representaban en RENTAS SANTA ELENA SpA al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte de conformidad a lo establecido en el artículo sesenta y cuatro inciso quinto del Código Tributario.- B.- Las cinco millones de acciones restantes quedan en reserva, pendientes de suscripción y pago por el plazo de cinco años señalado en el artículo noveno de los estatutos de la Sociedad”.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. San Miguel, 26 de enero de 2022.