MINSAIT PAYMENTS SYSTEMS CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2022
- Repertorio
- 25182-2019
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El objeto específico de la sociedad será:a) Comercialización y distribución de sistemas, programas, infraestructura, plataformas tecnológicas que faciliten a terceros emisores de instrumentos de pago procesar las operaciones efectuadas con dichos instrumentos de pago. b) Consultoría, diseño, desarrollo, adaptación, personalización, integración y puesta en producción y mantenimiento de las soluciones tecnológicas referidas en el apartado a) anterior, incluyendo servicios de alojamiento. c) La provisión de servicios tecnológicos para la administración, gestión, operación y procesamiento de instrumentos de pago, con o sin provisión de fondos, y transacciones realizadas mediante tarjetas o cualesquiera otros que sirvan como instrumentos de pago, emitidas por instituciones bancarias o no bancarias, operándolas de acuerdo con la regulación específica existente en cada momento; d)Provisión de servicios complementarios a la propia gestión y administración de los instrumentos de pago, que permitan a las instituciones bancarias o no bancarias completar el proceso de negocio relacionado con dichos instrumentos de pago; citándose, a título enunciativo y no limitativo, los siguientes: servicios de back office, monitorización de fraude, estampación de tarjetas, elaboración y distribución de extractos, elaboración y distribución de tarjetas y welcome pack, analítica de datos. c) Desarrollar, en general, cualquier otra actividad relacionada con las áreas de la informática, la computación y la ingeniería en general, que se relacione directa o indirectamente con éstas.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de enero de 2022, ante mí, don Fernando Andrés Valdés García, chileno, casado, Abogado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos setenta guion nueve, domiciliado en Avenida Isidora Goyenechea número dos mil ochocientos, piso doce, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago de Chile, redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “MINSAIT PAYMENTS SYSTEMS CHILE S.A.”, de fecha once de junio de dos mil veintiuno. En la mencionada Junta se acordó el saneamiento de los acuerdos adoptados en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad celebrada el 26 de noviembre de 2019, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 17 de diciembre de 2019, repertorio N° 25182 - 2019, inscrita a fojas 168 número 88 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020, y mediante la cual se reformaron los estatutos de la sociedad en los términos indicados en el acta señalada, vale decir, se modificó la razón social y el objeto de la sociedad. Sin embargo, dicha Junta no se celebró con la presencia de un notario, como exige el artículo 57 de la Ley 18.046, por lo cual los accionistas acuerda subsanar el vicio formal de que adolece la modificación de estatutos aprobada por la citada junta extraordinaria de accionistas en cuanto se omitió la presencia del notario en dicha Junta. En consecuencia, y ante la presencia del notario público Eduardo Diez Morello, chileno, abogado, quien en su calidad de Notario Público titular de la 34ª Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, ratifican las modificaciones estatutarias realizadas en dicha Junta, vale decir: a) Modificación de la razón social de la sociedad, pasando de denominarse “Tecnocom Procesadora de Chile S.A.” a denominarse “Minsait Payments Systems Chile S.A.”, con el consecuente reemplazo del artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Razón social. Se constituye una Sociedad Anónima Cerrada cuya razón social será “Minsait Payments Systems Chile S.A.” la que podrá actuar, funcionar y desenvolverse libremente, incluso frente a los Bancos e Instituciones Financieras, y frente al Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y terceros en general con el nombre de fantasía “Minsait Payments”. B) Modificación del objeto de la sociedad, reemplazando el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. El objeto específico de la sociedad será:a) Comercialización y distribución de sistemas, programas, infraestructura, plataformas tecnológicas que faciliten a terceros emisores de instrumentos de pago procesar las operaciones efectuadas con dichos instrumentos de pago. b) Consultoría, diseño, desarrollo, adaptación, personalización, integración y puesta en producción y mantenimiento de las soluciones tecnológicas referidas en el apartado a) anterior, incluyendo servicios de alojamiento. c) La provisión de servicios tecnológicos para la administración, gestión, operación y procesamiento de instrumentos de pago, con o sin provisión de fondos, y transacciones realizadas mediante tarjetas o cualesquiera otros que sirvan como instrumentos de pago, emitidas por instituciones bancarias o no bancarias, operándolas de acuerdo con la regulación específica existente en cada momento; d)Provisión de servicios complementarios a la propia gestión y administración de los instrumentos de pago, que permitan a las instituciones bancarias o no bancarias completar el proceso de negocio relacionado con dichos instrumentos de pago; citándose, a título enunciativo y no limitativo, los siguientes: servicios de back office, monitorización de fraude, estampación de tarjetas, elaboración y distribución de extractos, elaboración y distribución de tarjetas y welcome pack, analítica de datos. c) Desarrollar, en general, cualquier otra actividad relacionada con las áreas de la informática, la computación y la ingeniería en general, que se relacione directa o indirectamente con éstas.”. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 de enero de 2022. María José Bravo Cruz, Notario Público Suplente.