INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA NAPOLÉON SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 40039-2021
- Notario
- GINO BENEVENTI ALFARO
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $22.841.898 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, piso 7, Comuna de Santiago, certifico: Con fecha 30 de Diciembre del año 2021, Repertorio N° 40.039-2021, ante mi suplente don IVÁN COVARRUBIAS ROJAS, se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA NAPOLÉON SpA, celebrada el 6 de diciembre de 2021, por la cual las sociedades ASESORÍAS E INVERSIONES SANTÍSIMA TRINIDAD S.A., debidamente representada por doña María Angélica Concha Recabarren, cédula de identidad N°7.080.511-1, y ASESORÍAS E INVERSIONES ROSALEÓN LIMITADA, a su vez debidamente representada por don Ramón Luis Valdivieso Vergara, cédula de identidad N°10.579.502-5, acordaron modificar los Estatutos de la Sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA NAPOLÉON SpA, en adelante la “Sociedad”, Rut número 76.574.594-2, sociedad constituida por escritura pública de fecha 20 de mayo del año 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Roberto Cifuentes Allel, cuyo extracto se inscribió a fojas 39.348 número 21.628 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.016, en los siguientes términos: Capital y Acciones: (i) Aumentar el capital social de la Sociedad, ascendente a la fecha de hoy a la cantidad de $22.841.898, en la cantidad total de $72.052.266, mediante la emisión de 500 nuevas acciones de pago. (ii) Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la cantidad de noventa y cuatro millones ochocientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y cuatro pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios. Se deja constancia de que el capital y el valor de las acciones no se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta de Accionistas apruebe el balance del ejercicio. Las acciones podrán pagarse en dinero en efectivo o con otros bienes, incluso mediante la capitalización de créditos”; y (iii) Modificar el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de noventa y cuatro millones ochocientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y cuatro pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, la cantidad de mil quinientas acciones, por la cantidad de veintidós millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y ocho pesos, de la siguiente forma: i) ASESORÍAS E INVERSIONES SANTÍSIMA TRINIDAD S.A., la suma de quinientos mil pesos equivalentes a quinientas acciones; ii) ASESORÍAS E INVERSIONES ROSALEÓN LIMITADA, la suma de veintidós millones trescientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y ocho pesos, equivalentes a mil acciones; y iii) El saldo, ascendente a quinientas acciones por la cantidad de setenta y dos millones cincuenta y dos mil doscientos sesenta y seis pesos, deberá suscribirse y pagarse en el plazo de treinta días contados desde esta fecha”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 13 de enero de 2022.- Gino Beneventi Alfaro.