Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2022
- Repertorio
- 1607-2022
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Cuadragésima Primera
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Objeto social
El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de generación de energía eléctrica en base a distintas fuentes, incluyendo energías renovables no convencionales; la generación, compra, venta y comercialización de energía eléctrica, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación y)o realización de servicios relacionados; y la transmisión de energía eléctrica, en general. Para tales efectos, la Sociedad podrá llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas, líneas de transmisión, subestaciones, y caminos necesarios para la generación y transmisión de electricidad; el estudio y la ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería; gestión, dirección y administración de proyectos de generación de energía; la prestación de asesorías y consultoría en materias energéticas; la adquisición, producción, generación, explotación, distribución, suministro, comercialización y transporte de todo tipo de energía; realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica; y efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal. La Sociedad podrá desarrollar además cualquier otra actividad que determinen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público de Santiago, titular de la Notaría Cuadragésima Primera, con oficio Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 19 de enero de 2022, repertorio N° 1607-2022, ante mí, se const ituyó una sociedad por acciones, escritura de la cual paso a extractar las materias señaladas en el artículo 426 del Código de Comercio: 1) Nombre sociedad: “WEBB SOLAR SpA”. 2) Accionista: SUNFLOW SpA. 3) Objeto social: El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de generación de energía eléctrica en base a distintas fuentes, incluyendo energías renovables no convencionales; la generación, compra, venta y comercialización de energía eléctrica, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación y/o realización de servicios relacionados; y la transmisión de energía eléctrica, en general. Para tales efectos, la Sociedad podrá llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas, líneas de transmisión, subestaciones, y caminos necesarios para la generación y transmisión de electricidad; el estudio y la ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería; gestión, dirección y administración de proyectos de generación de energía; la prestación de asesorías y consultoría en materias energéticas; la adquisición, producción, generación, explotación, distribución, suministro, comercialización y transporte de todo tipo de energía; realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica; y efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal. La Sociedad podrá desarrollar además cualquier otra actividad que determinen los accionistas. 4) Capital suscrito y pagado: $200.000.- dividido en 200.- acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma y única serie. Demás cláusulas constan en escritura que extracto. Santiago, 19 de enero de 2022.