MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA BARBARA LIMITADA

RUT 76112899-K CVE 2079704
Capital
$42.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2021
Repertorio
19672-2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$42.000.000 CLP

Administración

La ejercerá ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, en forma exclusiva, y en su falta, impedimento o ausencia debidamente acreditada, AIDA CAROLINA ALCAYAGA RIQUELME quienes, anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO CIFUENTES ALLEL Notario Público, titular de la 48ª Notaría Santiago, oficio Avda. Apoquindo 3076, Oficina 601, Las Condes, Santiago, Certifica; por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2021, Repertorio 19672-2021, ante mi suplente, ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, C.I. 8.944.984-7; AIDA CAROLINA ALCAYAGA RIQUELME, C.I. 12.466.217-6; MACARENA PAZ MONTERO ALCAYAGA, C.I. 19.036.240-K, NICOLAS ESTEBAN MONTERO ALCAYAGA, C.I. 19.960.017-6 y IGNACIO ANDRÉS MONTERO ALCAYAGA, C.I. 20.990.362-8, todos domicilio Avda Alonso de Córdova 6152, dpto 304, Las Condes, Stgo, Reg. Metrop. otorgaron Cesión y Repactación “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA BARBARA LIMITADA”, nombre de fantasía “INVERSIONES STA. BARBARA LTDA.” extracto inscrito Reg. Com. C. Bs. R. Stgo año 2010, Fs. 46.727, Nº 32.430, siguientes estipulaciones: Cesión Derechos.- ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, dueño 45% total derechos sociales equivalentes $18.900.000.- del capital, vende, cede y transfiere a IGNACIO ANDRÉS MONTERO ALCAYAGA, el equivalente al 15% total de derechos sociales, en la suma de $14.158.547.-, que se pagan por el Cesionario con cargo a los futuros retiros de utilidades de la Sociedad que le correspondan, efectuándose el primer pago dentro de 3 años contados desde el otorgamiento escritura que se extracta. Precio se declara pagado y partes se otorgan finiquito. Repactación: ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, AIDA CAROLINA ALCAYAGA RIQUELME, MACARENA PAZ MONTERO ALCAYAGA, NICOLAS ESTEBAN MONTERO ALCAYAGA e IGNACIO ANDRÉS MONTERO ALCAYAGA únicos y actuales socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA BARBARA LIMITADA”, con nombre de fantasía “INVERSIONES STA. BARBARA LTDA.”, únicos y actuales socios de la Sociedad, aceptando cesión derechos anterior, la repactan, otorgando texto refundido siguiente tenor: Objeto de la Sociedad: El objeto de la Sociedad será dedicarse a la actividad inmobiliaria y de las inversiones en general, comprendiéndose especialmente: a) Las inversiones en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, y en toda clase de valores, pudiendo comprar, adquirir, vender, enajenar y permutar valores, títulos o efectos transferibles; acciones, opciones de compra o venta de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de crédito o de inversión, sean emitidos por particulares, por el Estado, por instituciones públicas centralizadas o descentralizadas, por el Banco Central de Chile; b) La compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, y el desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en los que podrá lotear, dividir, urbanizar, plantar, construir, reconstruir, reparar, cultivar, arrendar y transferir; aportarlos en dominio, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos; c) La prestación de servicios y asesorías comerciales, administrativas y financieras; d) El desarrollo de cualesquiera otras actividades e inversiones productivas que los socios determinen de común acuerdo; y e) Las inversiones en general, comprendiéndose la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades; Razón Social: La razón social de la sociedad será "SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA BARBARA LIMITADA", pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos, Financieras y S.I.I. con nombre fantasía "INVERSIONES SANTA BARBARA LTDA."; Administración: La ejercerá ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, en forma exclusiva, y en su falta, impedimento o ausencia debidamente acreditada, AIDA CAROLINA ALCAYAGA RIQUELME quienes, anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades; Capital Social: $42.000.000.-que se aportan socios siguiente forma: A.- ESTEBAN JAVIER MONTERO VERGARA, aporta $12.600.000.- equivalentes 30% total derechos sociales; B.- AIDA CAROLINA ALCAYAGA RIQUELME, aporta $10.500.000.- equivalentes 25% total derechos sociales; C.- MACARENA PAZ MONTERO ALCAYAGA, aporta $6.300.000.- equivalentes 15% total derechos sociales; D.- NICOLAS ESTEBAN MONTERO ALCAYAGA, aporta $6.300.000.- equivalentes 15% total derechos sociales. Todos enterados en forma anterior a este acto, y D.- IGNACIO ANDRÉS MONTERO ALCAYAGA, aporta $6.300.000.- equivalentes 15% total derechos sociales, en 3 años de fecha escritura que se extracta; Utilidades y pérdidas: se distribuirán entre socios en la forma que éstos determinen; Duración de la Sociedad: 3 años desde fecha constitución, esto es, desde 25 de Agosto 2010, y desde esa fecha se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública subinscrita al margen de inscripción social, notificada judicialmente o por avisos, con anticipación seis meses a lo menos; Liquidación, término o muerte de uno de los socios, no es causal disolución, continuando sociedad con socios vigentes y herederos socio fallecido. Demás estipulaciones escritura extractada. Roberto Cifuentes Allel. 24 enero 2022.