SERVICIOS INTEGRADOS MLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2022
- Repertorio
- 287/2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941 oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 07/01/2022, Repertorio Nº 287/2021, ante JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente, don Fabio Andrés Brunaud Alegría, chileno, casado, abogado, C.I. N° 12.869.637-7, domiciliado en Mac Iver N° 549, departamento 74, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, redujo a escritura el Acta de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “SERVICIOS INTEGRADOS MLA SpA”, inscrita a fojas 95.440 N° 43.935 del año 2021 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 03/12/2021, cuya junta fue celebrada el día 06/01/2022, en la que los accionistas por unanimidad acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: ”La Presidenta señala que se han reunido con el objeto de adoptar los acuerdos necesarios para modificar la cláusula Décimo de la escritura de constitución de la sociedad de fecha 01/12/2021, Repertorio N° 22.149/2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo capital es la suma de $6.000.000.- Luego de un breve debate la Junta acuerda por unanimidad modificar la cláusula Décimo de la escritura antes señalada en la parte pertinente, por la siguiente: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN Artículo Décimo: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña OLGA LUCIA CARRASCO CARRASCO, y a doña MARIELA ANDREA AGUILERA GONZÁLEZ, las que podrán ejercer por sí solas, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen.”.- En lo no modificado se mantiene íntegramente el pacto social primitivo.-”. Demás estipulaciones en escritura extractada.-