MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IRARRAZABAL Y ORTIZ LIMITADA

RUT 78438400-4 CVE 2079563
Capital
$21.500.000 CLP
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$21.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, abogado Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Viña del Mar, con domicilio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres, local ciento once, Certifica: Por escritura hoy ante mí: don GONZALO PATRICIO IRARRAZABAL ORTIZ, cédula de identidad número ocho millones quinientos veintiocho mil cuatrocientos veinticinco guión ocho, quien comparece por sí y como mandatario y en representación de don MARIO SEGUNDO IRARRAZABAL DIAZ, cédula nacional de identidad número cuatro millones quinientos ochenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco raya seis; don MANUEL ALFONSO ORTIZ HENRIQUEZ, cédula nacional de identidad número cinco millones seiscientos setenta y cinco mil ciento diez guión seis, y doña MARIA PAULA IRARRAZABAL ORTIZ, cédula de identidad número nueve millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y seis guión siete, modificaron sociedad denominada, “IRARRAZABAL Y ORTIZ LIMITADA” Rol único tributario Nº 78.438.400 – 4, constituida por escritura pública, de fecha ocho de octubre de mil novecientos noventa y tres, ante el Notario de San Felipe, don Jaime Polloni Contardo, El extracto fue publicado en el Diario Oficial número número treinta y cuatro mil seiscientos noventa y nueve de fecha veinticinco de octubre de mil novecientos noventa y tres y rola inscrito a fojas ciento diecisiete vuelta número noventa y siete, en el Registro de Comercio correspondiente al año mil novecientos noventa y tres, del Conservador de Bienes Raíces de San Felipe. Capital: $21.500.000. MODIFICACION: a) Socio MARIO SEGUNDO IRARRAZABAL DIAZ, dueño del cincuenta por ciento de los derechos sociales, debidamente representado por don GONZALO PATRICIO IRARRAZABAL ORTIZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña MARIA PAULA IRARRAZABAL ORTIZ, quien los adquiere y acepta para sí, en suma de cinco millones de pesos, suma que la compradora paga al contado, en dinero efectivo, declarando el mandatario ya individualizado recibirlo a plena conformidad para su mandante. De esta forma queda totalmente cancelado el precio de dicha cesión. b) Socio MANUEL ALFONSO ORTIZ HENRIQUEZ, dueño del cincuenta por ciento restante de los derechos sociales, por el presente instrumento, vende, cede y transfiere el veinte por ciento de los derechos sociales a don GONZALO PATRICIO IRARRAZABAL ORTIZ, quien los adquiere y acepta para sí, en suma de cinco millones de pesos, suma que el comprador paga en este acto, al contado, declarando el cedente vendedor recibirlo a plena conformidad. De esta forma queda totalmente cancelado el precio de esta cesión. Como consecuencia de las cesiones anteriores, la sociedad queda integrada únicamente por don GONZALO PATRICIO IRARRAZABAL ORTIZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y por MARIA PAULA IRARRAZABAL ORTIZ, quienes en tal calidad vienen en modificar la Cláusula Quinto del pacto social original, en el sentido de que la Administración y Uso de la Razón Social, corresponderá al socio don Gonzalo Patricio Irarrázaval Ortiz, quién actuando por la sociedad y anteponiendo el nombre o razón social a su firma, la representará judicial y extrajudicialmente con todas y cada una de las facultades señaladas en la referida cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas. Capital. $21.500.000 En lo no modificado, rigen clausulas pacto social. Viña del Mar, a 14 de enero de 2022.