Inversiones Río Puelo SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2021
- Notario
- Don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- diez años prorrogables por períodos iguales de diez años cada uno en forma indicada en escritura extractada
Objeto social
será: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, acciones o cuotas de sociedades o fondos de inversión de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos, b) la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y)o enajenación a cualquier título; y, c) en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Teresita Carmen Moran Ovalle y a don Patricio Sergio Mackenna Ureta, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, Piso 18, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura de fecha 29 de diciembre de 2021, ante mí, doña Gabriela Eskenazi Sotomayor, domiciliada para estos efectos en Avenida Vitacura 2939, piso 12, comuna de las Condes, Región Metropolitana, redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de "Inversiones Río Puelo SpA" (la “Sociedad”) celebrada con fecha 29 de diciembre de 2021, en la que se acordó transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los siguientes estatutos: Socios: doña Teresita Carmen. Moran Ovalle, cédula de identidad n° 16.655.194-3; y don Patricio Sergio Mackenna Ureta, cédula de identidad n° 15.637.641- 8; ambos domiciliados en calle El Rebalse 961 casa C, Lo Barnechea, Región Metropolitana. Razón Social: "Inversiones Río Puelo Limitada". Objeto: será: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, acciones o cuotas de sociedades o fondos de inversión de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos, b) la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; y, c) en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los socios. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Teresita Carmen Moran Ovalle y a don Patricio Sergio Mackenna Ureta, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, con amplias facultades. Duración: diez años prorrogables por períodos iguales de diez años cada uno en forma indicada en escritura extractada. Capital: $1.000.000.-, íntegramente aportado y pagado con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: a) doña Teresita Carmen Moran Ovalle, aporta el 60% del capital social, esto es, la suma de $600.000.-, monto que corresponde a su participación en el capital de la sociedad transformada, y b) don Patricio Sergio Mackenna Ureta aporta el 40% del capital social, esto es, la suma de $400.000.- monto que corresponde a su participación en el capital de la sociedad transformada-. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2022.