CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Ischia SpA

CVE 2079816
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de enero de 2022

Instrumento

Fecha
7 de enero de 2022
Repertorio
143/2022
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40ª notaria Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, tanto dentro como fuera del país, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y b) la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios, tanto dentro como fuera del país.;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40ª notaria Santiago, Teatinos Nº 332, certifico que por escritura pública de fecha 7 de enero de 2022, repertorio Nº 143/2022, ante mí, don CARLOS ALBERTO DI MEGLIO, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: “INVERSIONES ISCHIA SpA” ; Objeto: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, tanto dentro como fuera del país, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y b) la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios, tanto dentro como fuera del país.; Capital: $1.000.000 pesos dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 07 de Enero de 2022.