MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inmobiliaria San Telmo S.A.

RUT 76879693-9 CVE 2079212
Capital
$15.815.667 CLP
Fecha instrumento
10 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2022
Repertorio
295
Notario
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
Oficio
Titular de la Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.815.667 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inmobiliaria San Gabriel S.A socio 76033584-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, CERTIFICO: Que por acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de diciembre de 2021 de la sociedad Inmobiliaria San Telmo S.A., reducida a escritura pública en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente con fecha 10 de enero de 2022, bajo el Repertorio N° 295 – 2022, ante mí, Inversiones Carenpa S.A. y Nueva Carenpa S.A., como únicos y actuales accionistas de la sociedad Inmobiliaria San Telmo S.A, sociedad inscrita a fojas 39089 N°20551 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, se acordó modificar la sociedad en el siguiente sentido: Uno) Aumento de Capital: Se acordó aumentar el capital social en la suma de $15.815.667.346 mediante la emisión de 1.381.790 acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal y de igual valor cada una. Esto es, desde la suma actual de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones, a la suma de $15.825.667.346, dividido en 1.318.790 acciones, mediante el aporte en dominio que efectúa el accionista Inversiones Carenpa S.A., de las acciones de las que es dueña en la sociedad Inmobiliaria San Gabriel S.A., RUT 76.033.584 - 3. Dos) Modificar los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos, relativos al capital social, reemplazándolos por los siguientes: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad será la suma de quince mil ochocientos veinticinco millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta y seis pesos, dividido en 1.381.790 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie. No obstante, el capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance de un ejercicio, debiendo este expresar el nuevo capital y consecuentemente el valor de las acciones. Este capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos.” “Articulo Primero Transitorio. El capital de la sociedad será la suma de quince mil ochocientos veinticinco millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta y seis pesos divididos en un millón trescientos ochenta y un mil setecientas noventa acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se entera y paga de la siguiente forma: Uno. INVERSIONES CARENPA S.A. debidamente representada suscribe un millón trescientas ochenta y un mil doscientas noventa acciones representativas de quince mil ochocientos veinte millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta y seis pesos, suma que se entera de la siguiente forma: a. con la suscripción de quinientas acciones, equivalentes a cinco millones de pesos, que se suscribieron y pagaron en el acto de constitución, ingresando a las arcas sociales. b. con la suscripción de un millón trescientas ochenta mil setecientas noventa acciones, equivalentes a quince mil ochocientos quince millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta y seis pesos, que se pagó mediante el aporte en dominio del cien por ciento de las acciones de la que es dueña en INMOBILIARIA SAN GRABRIEL S.A., Rol Único Tributario Número setenta y seis millones treinta y tres mil quinientos ochenta y cuatro guion tres. Dos. NUEVA CARENPA S.A., debidamente representada suscribe quinientas acciones representativas de cinco millones de pesos, suma que se enteró en el acto de constitución, ingresando a las arcas sociales.” Demás estipulaciones constan en la protocolización extractada. Santiago, 24 de enero de 2022.- M. V. Wielandt C. N. S.