INDUSTRIAS PRINCESA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.581.351.311 CLP
Objeto social
Inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2021, otorgada ante mi Suplente Rodrigo Sotomayor Graepp, y autorizada por mí con esta fecha, de conformidad al Art. 402 del Código Orgánico de Tribunales, INVERSIONES BIENES DE COMAI LIMITADA y ARTURO MATTE LECAROS, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Apoquindo N°3.500, piso 8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública “División de Sociedad y Modificación de Estatutos INDUSTRIAS PRINCESA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 14.481 número 7.289, Reg. Com. CBR Stgo. año 1990, y acordaron: I. División social: Dividir la sociedad INDUSTRIAS PRINCESA LIMITADA, conservando ésta su razón social y su objeto, y creándose una nueva sociedad por acciones que se denominará INVERSIONES NUEVA PRINCESA SpA. II.- Disminución de capital y Modificación de estatutos de INDUSTRIAS PRINCESA LIMITADA. Disminuye el capital social de la suma de $1.581.351.311, a la suma de $1.284.494.493, y se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la suma de $1.284.494.493, que se encuentra íntegramente pagado y enterado en las arcas sociales y que se distribuye entre los socios de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) INVERSIONES BIENES DE COMAI LIMITADA, con la suma de $1.284.366.044, equivalentes al 99,99% de los derechos sociales; y b) don ARTURO DOMINGO MATTE LECAROS, con la suma de $128.449, equivalentes al 0,01% de los derechos sociales.” III.- Estatutos de INVERSIONES NUEVA PRINCESA SpA. Accionistas: INVERSIONES BIENES DE COMAI LIMITADA y ARTURO MATTE LECAROS. Nombre: INVERSIONES NUEVA PRINCESA SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “NUEVA PRINCESA SpA”. Objeto: Inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital $296.856.818, dividido en 296.856.818 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Stgo. 25 de enero de 2022. A. Mozó Aguilar. Notario Público.