ASESORIAS E INVERSIONES BIZALIA LATAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2022
- Repertorio
- 677/2022
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- Vigésimo Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 20 de enero de 2022, bajo Repertorio Nº 677/2022, otorgada ante mí, don PABLO GASTÓN RIVAS MARIN, don MARCELO FLECK LAVERGNE, por sí y en representación de K2 SpA., todos domiciliados para estos efectos en calle Martin de Zamora 6.101, piso 1, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana modificaron la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES BIZALIA LATAM LIMITADA, inscrita a fojas 20.362 número 10.851 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, en los siguientes sentidos: Uno) Pablo Gastón Rivas Marin, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, ascendentes al 99% del total, a la sociedad K2 SpA., en el precio de $9.900.000.- Dos) Se reemplaza la cláusula sexta por las siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de $10.000.000.- que se aportan por los socios de la siguiente manera: K2 SpA. aporta el 99% del capital social, ascendente a $9.900.000.- que se entera en este acto en caja social al contado y en dinero efectivo. Por su parte, don Marcelo Fleck Lavergne, aporta el 1% del capital social ascendente a la suma de $100.000.- el cual entera en este acto en caja social, al contado y en dinero efectivo.” Tres) Se modifica la cláusula OCTAVO del Estatuto en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá en delante de manera exclusiva a don Marcelo Fleck Lavergne, quién actuando a nombre de la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las mismas facultades que se indican en la mencionada cláusula, las que se entienden reproducidas íntegramente en este acto. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2022.-