Agrícola Orma SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2021
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACIÓN SOCIEDAD POR ACCIONES “AGRÍCOLA ORMA SpA” HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 20 de Diciembre de 2021, repertorio Nro. 10.889, ante mí, don MANUEL ALBERTO ORTÍZ FERRER, casado, ingeniero cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos siete guión dos, y don MANUEL JOSE ORTÍZ MOLINA, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro guión cuatro, ambos domiciliados en El Barrancón veintinueve de la comuna de San Bernardo de la ciudad de Santiago, de paso en ésta. Los comparecientes constituyeron la sociedad por acciones cuya razón social es “Agrícola Orma Spa”, por escritura pública otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Eduardo Avello Concha, con fecha veintiséis de abril de dos mil dieciséis, Repertorio Número doce mil seiscientos sesenta y seis guión dos mil dieciséis. El extracto de la escritura de constitución de dicha sociedad fue inscrito a fojas treinta y dos mil trescientos setenta y siete número diecisiete mil novecientos cuarenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y se publicó en la sección de sociedades del Diario Oficial de fecha nueve de mayo del mismo año, edición número cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y tres. Vienen en modificar la cláusula cuarta de los estatutos sociales, cuyo tenor definitivo queda como sigue: “CUARTO”: El objeto de la sociedad será: a) la comercialización de frutas y verduras; b) la realización de cualquier actividad de tipo agrícola, forestal o vitivinícola, como asimismo la comercialización y distribución de los bienes generados por dichas actividades; c) la elaboración, distribución y comercialización de licores; d) la inversión, desarrollo y gestión en todo tipo de bienes, tanto muebles como inmuebles, corporales o incorporales; e) la realización de todos los negocios u operaciones comerciales o industriales que la sociedad determine. En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago 13 de Enero de 2022. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.