AGENCIA HCV CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2021
- Notario
- Notario suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogada, Notario suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 12 de enero de 2022 se redujo a escritura pública, ante el titular, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 06 de 012-2022. de AGENCIA HCV CORREDORES DE SEGUROS SpA, constituida por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2021, otorgado ante la Notaría de don Eduardo Diez Morello, e inscrito un extracto de ella a fojas 71.030 número 32.856 correspondiente al año 2021, en el Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en donde se acordó modificar los estatutos sociales de la siguiente manera: Cambiar el objeto social, en el sentido de restringir el objeto social estipulado en la escritura de constitución, en específico en el artículo tercero del pacto primitivo social, él que señalaba que; “OBJETO DE LA SOCIEDAD”: El objeto de la sociedad será: a) Prestar toda clase de asesorías, y actuar como corredores o intermediarios independientes en la contratación de póliza de seguros de toda clase con cualquier entidad aseguradora, previos los registros y autorizaciones que exija la legislación aplicable. B) La concertación y ejecución de todos los contratos, actos y negocios que sean necesarios o de utilidad para los intereses sociales. C) La intermediación de servicios tales como asistencia de hogar, asistencia de ruta y en viaje, asistencia legal y médica, y otros de naturaleza similar, relacionados directamente con los beneficiarios de seguros. D) La inversión a cualquier título de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces, y muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, sean propios o ajenos. E) en general, la realización de cualquier otra actividad relacionada con el giro de los seguros, quedando actualmente el artículo tercero del pacto primitivo social de la siguiente forma: “OBJETO DE LA SOCIEDAD”: El objeto de la sociedad será: Prestar toda clase de asesorías, y actuar como corredores o intermediarios independientes en la contratación de póliza de seguros de toda clase con cualquier entidad aseguradora, previos los registros y autorizaciones que exija la legislación aplicable. La intermediación de servicios tales como asistencia de hogar, asistencia de ruta y en viaje, asistencia legal y médica, y otros de naturaleza similar, relacionados directamente con los beneficiarios de seguros. La inversión a cualquier título de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces, y muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, sean propios o ajenos”. Demás acuerdos constan de escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 21 de enero de 2022.-