MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INCREMENTALES MEDICOS Y ODONTOLOGICOS LIMITADA

RUT 76293510-4 CVE 2077949
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2021
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, Certifico: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2021, ante mí, Uno) Don DOMINGO RAMON PACHECO RIVERA; Dos) Don RAFAEL ABESADA LOBAINA; ambos domiciliados en calle Merced N° 32, oficina N° 42, comuna de Santiago; y, Tres) Doña ADRIANA DEL VALLE ZAMORA, domiciliada en calle Cano y Aponte N° 1047, departamento N° 507, comuna de Providencia; modificaron la sociedad “SERVICIOS INCREMENTALES MEDICOS Y ODONTOLOGICOS LIMITADA”, RUT N° 76.293.510-4, inscrita a fojas 18911, números 13.697 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, en lo siguiente: A) CESION: Uno) Don RAFAEL ABESADA LOBAIN, cedió a doña ADRIANA DEL VALLE ZAMORA, el 1% de la sociedad SERVICIOS INCREMENTALES MEDICOS Y ODONTOLOGICOS LIMITADA; Dos) Don DOMINGO RAMON PACHECO RIVERA, cedió a doña ADRIANA DEL VALLE ZAMORA, el 98% de la sociedad SERVICIOS INCREMENTALES MEDICOS Y ODONTOLOGICOS LIMITADA; B) MODIFICACIONES: i) Se reemplazó la cláusula Quinta por la siguiente: ““QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de ocho millones sesenta y ocho mil quinientos pesos, que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Doña ADRIANA DEL VALLE ZAMORA aportó la suma de siete millones novecientos ochenta y siete mil ochocientos quince pesos- de contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a las arcas sociales y que equivale al noventa y nueve por ciento del capital social; y b) don DOMINGO RAMON PACHECO RIVERA aportó la suma de ochenta mil seiscientos ochenta y cinco pesos.- de contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a las arcas sociales y que equivale al uno por ciento del capital social. De este modo el capital se encuentra íntegramente pagado”; ii) Se reemplazó la cláusula séptima en el siguiente sentido: “SEPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ADRIANA DEL VALLE ZAMORA, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes, según lo señalado en la respectiva cláusula”. Otras estipulaciones constan de escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Santiago, 21 de enero de 2022.