SOCIEDAD DEPORTIVA Y RECREACIONAL RITOKART LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2015
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, local ciento cinco, de esta ciudad, certifica: por escritura pública hoy ante mí, don OSVALDO ATILIO ANDRES GAIO CUEVAS, domiciliado en Los Acacias 2051, Casa B, Viña del Mar; don LUIS CRISTIAN GODOY BARRIOS, domiciliado en Terravista 102, Departamento 227, Concón; don PABLO CRISTIAN MERCADO SCHULTZ, domiciliado en Parcela diez y nueve, Fundo Las Gaviotas, Quintero; don PHILIP MARK THORNTON GAIO domiciliado en Los Plátanos 2487, Viña del Mar; don CARLOS MANUEL MOLINOS ORREGO, domiciliado en Río Limarí número 236, Concón; don GONZALO PIWONKA SANTO, domiciliado en Avenida Blanca Estela 1355, Casa 62, Concón ; don CRISTIAN NICOLÁS CASTRO RIVADENEIRA, domiciliado en Padina 520, Jardín del Mar, Viña del Mar; don ALDO SALAS MALATESTA, domiciliado Angamos sin número, Condominio Valles del Huinganal, Parcela 233, Limache; Subsanaron error y modificaron sociedad SOCIEDAD DEPORTIVA Y RECREACIONAL RITOKART LIMITADA, Capital Social $5.000.000.- constituida 20 Agosto 2015, Notario Público de Viña del Mar, Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, inscrita fojas 1750, N° 1480, Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Viña del Mar, año 2015; de la siguiente forma: Uno.- Subsanan error existente, respecto capital sociedad fue enterado y pagado socios Osvaldo Atilio Andres Gaio Cuevas, Luis Cristian Godoy Barrios, Pablo Cristian Mercado Schultz y Philip Mark Thornton Gaio, con $1.000.000.- cada uno, contado y dinero efectivo, y socios Carlos Manuel Molinos Orrego y Gonzalo Piwonka Santo, con $500.000.- cada uno, contado y dinero efectivo, que ingresaron a caja social; Dos.- a) Socio PHILIP MARK THORNTON GAIO, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, de 20%, a CRISTIAN NICOLÁS CASTRO RIVADENEIRA; b) Socio OSVALDO ATILIO ANDRES GAIO CUEVAS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, de 20%, a ALDO SALAS MALATESTA; c) Socio LUIS CRISTIAN GODOY BARRIOS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, de 20%, a GONZALO PIWONKA SANTO, en un 10%, y a don CARLOS MANUEL MOLINOS ORREGO, en un 10%.- Tres.- Consecuencia cesión, actuales y únicos socios y porcentajes derechos son, PABLO CRISTIAN MERCADO SCHULTZ, el 20%; don CARLOS MANUEL MOLINOS ORREGO, el 20%; don GONZALO PIWONKA SANTO, el 20%; don CRISTIAN NICOLÁS CASTRO RIVADENEIRA, el 20%; y don ALDO SALAS MALATESTA, el 20%.- Cuatro.- Administración, representación y uso de razón social corresponderá Pablo Cristian Mercado Schultz; Carlos Manuel Molinos Orrego; Gonzalo Piwonka; Aldo Salas Malatesta; y a Cristian Nicolás Castro Rivadeneira, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, quienes anteponiendo firma a razón social, representarán sociedad con amplias facultades, y con todas atribuciones establecidas cláusula novena pacto social primitivo. No modificado rige pacto social. En Reñaca, Viña del Mar, 29 de diciembre de 2021.