MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE RADIODIFUSIÓN ARENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76058537-8 CVE 2077423
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2009

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2009

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Rancagua, Suplente del Titular Eduardo de Rodt Espinosa, San Martín 427, Rancagua, certifica: Por escritura hoy ante mí, ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, Pastor Evangélico; doña RUTH DEL CARMEN MONTECINIOS CAMPOS, dueña de casa; don CRISTIAN ANTONIO ARENAS RONDON, trabajador independiente; doña ADRIANA DE LAS MARGARITAS ARENAS MONTECINOS, dueña de casa; doña RUTH ABIGAIL ARENAS MONTECINOS, dueña de casa; don JONATHAN DAVID ARENAS MONTECINOS, Pastor Evangélico; y doña RODE NOEMIS ARENAS MONTECINOS, dueña de casa, todos domiciliados en Fundo Santa Cristina sin número, camino antiguo a Graneros, comuna de Rancagua, modifican la “SOCIEDAD DE RADIODIFUSIÓN ARENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “RADIO CRISTO LLAMA AL PECADOR LTDA.”, constituida por don ÁNGEL SEGUNDO ARENAS FLORES y don ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS mediante escritura pública de fecha 29 de marzo de 2009, otorgada ante el Notario de Rancagua, don Eduardo de Rodt Espinosa, extracto inscrito a fojas 191, N° 286 del Registro de Comercio del año 2009 de cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.- A consecuencia del fallecimiento del socio don ÁNGEL SEGUNDO ARENAS FLORES, ocurrido el 27 de Diciembre de 2020, sus derechos han sido transmitidos a sus herederos, según resolución exenta N° 3.465 de 15 de abril de dos mil veintiuno del Director Regional O´Higgins del Servicio de Registro Civil e Identificación, siendo éstos doña Ruth del Carmen Montecinos Campos en calidad de cónyuge sobreviviente; y don Ángel Segundo Arenas Montecinos, don Cristian Antonio Arenas Rondón, doña Adriana De Las Margaritas Arenas Montecinos, doña Ruth Abigail Arenas Montecinos, don Jonathan David Arenas Montecinos, y doña Rode Noemis Arenas Montecinos, estos últimos en calidad de hijos del causante. En razón de ello se ha practicado por parte del Conservador de Comercio de Rancagua anotación de transmisión de tales derechos sociales, la que corre al margen de la inscripción del extracto constitutivo.- Modificaciones consisten: A) Cesiones de derechos: Uno.- Primera cesión: Socia RUTH DEL CARMEN MONTECINOS CAMPOS, vende, cede y transfiere totalidad de derechos que posee sobre la sociedad, es decir, 61,25% de haberes sociales, a ANGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, quien los compra, recibe y acepta para sí. Precio de cesión suma de $800.000, que la cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción.- Dos.- Segunda cesión: Socio CRISTIAN ANTONIO ARENAS RONDON, vende, cede y transfiere totalidad de derechos que posee sobre la sociedad, es decir, el 6,125% de haberes sociales, a JONATHAN DAVID ARENAS MONTECINOS, quien los compra, recibe y acepta para sí. Precio de cesión suma de $150.000 que el cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción.- Tres.- Tercera cesión: Socia ADRIANA DE LAS MARGARITAS ARENAS MONTECINOS, vende, cede y transfiere totalidad de derechos que posee sobre la sociedad, es decir, 6,125% de haberes sociales, a ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, quien los compra, recibe y acepta para sí. Precio de cesión suma de $150.000 que la cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción.- Cuatro.- Cuarta cesión: Socia RUTH ABIGAIL ARENAS MONTECINOS, vende, cede y transfiere la totalidad de derechos que posee sobre la sociedad, es decir, el 6,125% por ciento haberes sociales, a ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, quien los compra, recibe y acepta para sí. Precio de cesión suma de $150.000 que la cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción.- Cinco.- Quinta cesión: Socia RODE NOEMIS ARENAS MONTECINOS, vende, cede y transfiere la totalidad de derechos que posee sobre la sociedad, es decir, el 6,125% por ciento haberes sociales, a ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, quien los compra, recibe y acepta para sí. Precio de cesión suma de $150.000 que la cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción.- B).- Otras modificaciones: Uno.- Únicos y actuales socios, ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS y JONATHAN DAVID ARENAS MONTECINOS, rectificaron cláusula cuarta del instrumento constitutivo, a partir de esta fecha, la administración y uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad, corresponderá exclusivamente al socio ÁNGEL SEGUNDO ARENAS MONTECINOS, con las facultades que originalmente se expresan en aquella; y Dos.- Adicionaron a continuación del punto final (.) de cláusula décimo cuarta del pacto social original, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Sin perjuicio de lo expresado, el procurador que sea nombrado en los términos estipulados carecerá de toda facultad de administración, motivo por el cual en el evento del fallecimiento del socio administrador, las facultades de administración enumeradas en la cláusula cuarta de este instrumento se radicarán de pleno derecho en el otro socio, o de ser más de uno, en todos ello actuando conjuntamente.-”.- RUT: 76.058.537-8 y CAPITAL SOCIAL de $5.000.000.- En lo no modificado permanecerá vigente pacto social inicial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Rancagua, 28 de diciembre de 2021.