MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA

RUT 76029978-2 CVE 2077174
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2022
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá como

Administración

La administración de la sociedad corresponderá a don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ con las facultades que se indican en pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica que, por escritura pública de hoy 17.01.2022 ante mí: doña ANGELICA MARIA SANTANDER ORTIZ, chilena, contador auditor, casada, separada totalmente de bienes, C.I.13.235.323-9, Av. España n° 683, dpto.608, Santiago; don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA, chileno, publicista, casado, separado totalmente de bienes, C.I. 14.248.130-8, Av. España n° 683, dpto.608, Santiago, y don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ, chileno, casado, separado de bienes, contador auditor, Av. El Rodeo n° 1393, casa 100, Lampa, por escritura Pública de fecha 13-8-2008, otorgada ante la Notaria de don ALBERTO MOZO AGUILAR, ANGELICA MARIA SANTANDER ORTIZ y HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA constituyeron sociedad comercial de Responsabilidad Limitada denominada “SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “ADV PUBLICITARIA OUTDOOR LTDA.” RUT 76.029.978-2. El Extracto de dicha Sociedad de responsabilidad limitada se publicó en El Diario Oficial con fecha 27-8-2008, ed. 39.148 y se inscribió a fojas 38.798, Número 26.703, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008. Por el presente acto, doña ANGELICA MARIA SANTANDER ORTIZ vende cede y transfiere sus derechos sociales a don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ, quien los adquiere para sí, precio de esta cesión $400.000.-, que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo a la cedente quien lo recibe a su entera conformidad. Como consecuencia de esta cesión quedan como únicos socios de “SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA” don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA y don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ. Por el presente instrumento HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA y MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ, únicos socios de sociedad comercial de Responsabilidad Limitada denominada SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA” o “ADV PUBLICITARIA OUTDOOR LTDA.”, antes singularizada, acuerdan modificar la cláusula SEXTA del pacto social: SEXTA: El Capital de la sociedad es la cantidad de $8.000.000.-, que los socios han aportado y aportan de la siguiente manera: a) el socio don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA aporta la suma de $7.600.000.- de los cuales ya ingresó en dinero efectivo a caja social $600.000 y el saldo de $7.000.000.- lo ingresará en el plazo de 5 años o en la medida que se requiera por las necesidades sociales y b) el socio don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ aporta la suma de $400.000.- ya ingresados en dinero efectivo a la caja social. Asimismo, acuerdan transformar la sociedad “SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA” en una Sociedad por Acciones – SpA-, Nombre ”INTERMEDIA SpA”, nombre de fantasía “INTERMEDIA OOH SpA”; Duración. Indefinida. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que el Directorio acuerde establecer en el país o en el extranjero. Objeto. La sociedad tendrá como objeto: a) PUBLICIDAD: Estudio, creación, diseño, planificación, desarrollo, venta o comercialización, ejecución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de publicidad o campañas de publicidad de toda clase, nacional o extranjera, en vía pública o privada y/o por redes sociales de toda clase u otros medios; b) Compraventa, distribución, construcción, instalación, transporte, almacenaje, exportación e importación de toda clase de insumos para publicidad, sin que la enunciación sea taxativa: anuncios publicitarios, carteles, artículos electrónicos, luminarias o artículos de luminosidad, de toda clase, artículos de video y audio, películas, etcétera; c)Representación de empresas nacionales o extranjeras en el rubro de la publicidad o de insumos para tal giro; d) Promocionar y comercializar publicidad de toda clase, por cuenta propia o ajena, en vía pública o privada. e)Compraventa, arrendamiento, administración, construcción, instalación, diseño y remodelación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles, mobiliario urbano de toda clase, señalética vial, refugios peatonales, y toda clase de vehículos o bienes muebles, para efectos de los giros señalados; f), y en general todo aquello que acuerden los socios y que diga relación con los giros descritos. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $8.000.000.- dividido en cien acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: Uno)noventa y cinco acciones equivalentes a siete millones seiscientos mil pesos se encuentran suscritas por don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA, $600.000.- con anterioridad enterados y pagados en la sociedad SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA, equivalentes a 7,5 acciones y las restantes 87,5 acciones las pagará en dinero efectivo a razón de $80.000.- por acción, esto es, $7.000.000.-, dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha y en la medida que lo exijan los intereses sociales y Dos)MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ suscribe en este acto 5 acciones que se encuentran pagadas en dinero efectivo a razón de $80.000 por acción, esto es, $400.000.- enterados y pagados en la sociedad SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA. Administración. La administración de la sociedad corresponderá a don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ con las facultades que se indican en pacto social. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de Enero de 2022.