MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTAS E INVERSIONES TALHUÉN LIMITADA

RUT 78540360-6 CVE 2076567
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2021
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835 piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2021, ante mí, don Karl Conrads Álvarez, domiciliado en calle Camino del Monasterio N°9310 casa D, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña Evelyn Conrads Álvarez domiciliada en Avenida Chicureo N°1100, Condominio Chicureo II, casa 72, Colina, Región Metropolitana; y doña Marta Álvarez Cruz, domiciliada en calle Avenida España N°721, departamento 402, Curicó, Séptima Región, y de paso en ésta, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada “RENTAS E INVERSIONES TALHUÉN LIMITADA”, antes “Sociedad Agrovitícola Talhuen Limitada”, inscrita a fojas 140, N°89 del Registro de Comercio de Ovalle del año 2003 (en adelante la “Sociedad”) en los siguientes términos: Uno) Doña Marta Álvarez Cruz vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 40% en el capital social, a los socios doña Evelyn Conrads Álvarez y don Karl Conrads Álvarez en partes iguales, quienes los compran y adquieren para sí. Conforme con dichas cesiones quedan como únicos socios de la Sociedad, don Karl Conrads Álvarez, con la suma de $5.000.000.-, equivalentes al 50% del capital social y doña Evelyn Conrads Álvarez, con la suma de $5.000.000.-, equivalentes al 50% del capital social. Dos) Asimismo acuerdan modificar la cláusula de administración de los estatutos de la Sociedad, como sigue: “Cuarto: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don Karl Conrads Álvarez y a doña Evelyn Conrads Álvarez, quienes podrán actuar indistintamente de manera conjunta o separada. (…) No obstante lo anterior, don Karl Conrads Álvarez y a doña Evelyn Conrads Álvarez, deberán actuar conjuntamente en representación de la Sociedad para: Uno) comprar, vender, permutar y, en general, adquirir, y enajenar, a cualquier título bienes, raíces; Dos) contratar préstamos, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, sea en cualquiera otra forma; y Tres) Gravar con derecho de uso, usufructo y habitación bienes de la Sociedad y constituir servidumbres activas y pasivas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2022.