MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAQUINAS DE LAVANDERÍA LIMITADA

RUT 77266260-2 CVE 2076817
Capital
$843.750 CLP
Fecha instrumento
15 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de diciembre de 2021
Repertorio
106284
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$843.750 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N°73, Certifico: por escritura de fecha 15 de diciembre de 2021, Repertorio N°106.284, ante mí, los comparecientes Don HERNAN EDUARDO LEMUS VARAS, domiciliado en Avenida Las Perdices 371, casa A, comuna de La Reina, Región Metropolitana, Doña MARCELA VERÓNICA STOPPEL ORTIZ, domiciliada en Cristóbal Colón 7000, departamento A-132, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Don MARIO IGNACIO LEMUS STOPPEL, Cristóbal Colón 7000, departamento A-132, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Don NICOLÁS ANDRES LEMUS STOPPEL, domiciliado en Sergio Vieira de Mello 6400 departamento 808 D, comuna de Macul, Región Metropolitana y Doña CONSTANZA ANDREA LEMUS STOPPEL, domiciliada en Cristóbal Colón 7000 departamento A-132, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “MAQUINAS DE LAVANDERÍA LIMITADA”, en lo concerniente al ingreso de nuevos socios como resultado del fallecimiento de don MARIO LEMUS BRAVO. Todos los socios la modifican de acuerdo con el artículo NOVENO del pacto social, y el acuerdo arribado entre los herederos. Como consecuencia, los herederos de don MARIO LEMUS BRAVO, don MARIO LEMUS VARAS y doña GEORGINA HILDA VARAS MESSINA, son los únicos socios de SOCIEDAD MAQUINAS DE LAVANDERÍA LIMITADA, por lo que se modifica el artículo quinto en lo concerniente a los porcentajes de integración de los diferentes socios, sin modificar de ninguna forma los bienes aportados en dicho artículo. Es así como los nuevos socios poseen los siguientes porcentajes de decisión y participación: Don HERNAN EDUARDO LEMUS VARAS, posee un 49,375% del capital social equivalente a 9.875.000 pesos chilenos; Doña MARCELA VERÓNICA STOPPEL ORTIZ, posee un 37,969%, del capital social equivalente a 7.593.750 pesos chilenos; Don MARIO IGNACIO LEMUS STOPPEL, posee un 4,219% del capital social equivalente a 843.750 pesos chilenos; Don NICOLÁS ANDRES LEMUS STOPPEL, posee un 4,219% del capital social equivalente a $843.750 pesos chilenos, doña CONSTANZA ANDREA LEMUS STOPPEL posee un 4,219 % del capital social equivalente a 843.750 pesos chilenos. Se modificó el artículo cuarto de la sociedad, en el sentido que la administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá y podrá ser ejercida conjuntamente entre don HERNAN EDUARDO LEMUS VARAS y do ña MARCELA VERÓNICA STOPPEL ORTIZ, quienes la obligan y representan en general en toda clase de actos y contratos, ante cualquier persona natural o jurídica. Sin embargo, todos los socios deberán actuar conjuntamente para adquirir, gravar, y enajenar bienes raíces, para obligar a la sociedad como aval, fiador o codeudora solidaria, y en nombramiento de administradores extraños a la sociedad con poder de representación. Los socios acordaron que las modificaciones introducidas al pacto social en los artículos cuarto, quinto y noveno, concernientes al ingreso de nuevos socios y la representación de los mismos, comenzarán a regir desde la fecha de la suscripción de la escritura. Los actuales socios acordaron que en todo lo no modificado, permanecen vigentes íntegramente los estatutos de MAQUINAS DE LAVANDERÍA LIMITADA. Demás estipulaciones, escritura. Santiago, 03 de enero de 2022.