MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FABRICA, ENVASADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DON MARTINI SpA

RUT 77101959-5 CVE 2076745
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2021
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2021
Notario
JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
Oficio
4ta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de Diciembre de 2021, Rep N° 3.847-2021, ante mí, don JIM HERNÁN FRANK SEPÚLVEDA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad N°6.976.683-8, con domicilio en Fundo Centenario Lote 4 A, La Aurora de Teno, comuna de Teno, de paso en esta ciudad, efectuó modificación de sociedad FABRICA, ENVASADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DON MARTINI SpA, constituida por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto fue inscrito a fojas 95505 número 46.858 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2019. R.U.T. N°77.101.959-5.- Capital: $5.000.000.- don JIM HERNÁN FRANK SEPÚLVEDA es el único accionista, y posee 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de serie única, equivalentes a cinco millones de pesos ($5.000.000) del capital social, que representa el total de éste. Modificación.- El único, accionista de la sociedad es don JIM HERNÁN FRANK SEPÚLVEDA, y en conformidad a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, viene en modificar el estatuto social en razón de Uno, expresar que la administración y representación de la sociedad, recae sobre JIM HERNÁN FRANK SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y tres guión ocho (6.976.683-8), quien estará premunido de las más amplias facultades. En todo lo no modificado, rigen plenamente las estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 21 de Enero de 2022.