MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA SpA

RUT 76094969-8 CVE 2076329
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de enero de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Manuel Rodrigo de Jesús Berrios Hernández socio 17517867-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario, Titular 42 Notaría Santiago, Agustinas Nº 1070, 2do Piso, certifica: por escritura pública de fecha 07/01/2022, ante mi: Manuel Rodrigo de Jesús Berrios Hernández, chileno, abogado, Cédula de Identidad N° 17.517.867-8, Carmencita N° 25, Piso 9, Las Condes, Región Metropolitana, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30/12/2021, de “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA SpA” o “LA CORALA SpA”, RUT.Nº 76.094.969-8, capital $5.000.000, inscripción de Fs. 76.387, N° 36.646, Registro de Comercio CBRS, año 2020, por la cual se acordó modificar dicha sociedad en el siguiente sentido: UNO). Se modifica Administración y uso de la Razón Social, y amplían facultades de administración en el siguiente sentido: Se designa como Administrador y Gerente General a don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER. En su ausencia, la representación legal, administración de la sociedad la tendrán doña ELINA LEONOR DEL CARMEN URREA CIFUENTES, don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA y doña MONSERRAT ELINA JARA URREA, quienes deberán actuar y concurrir conjuntamente a lo menos dos de ellos; todos con amplias facultades de administración indicadas en la junta de modificación mencionada y que fue reducida; DOS). Se acordó la ampliación del Objeto Social en los siguientes términos: “la compra, venta, importación, exportación, distribución, consignación, representación y/o comercialización de equipos médicos y de laboratorio, de materiales, insumos y reactivos, medicamentos y bienes relacionados con la salud humana y veterinaria”; demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado rige pacto primitivo.- Santiago, 20 de enero de 2022.