CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES WILMINGTON LIMITADA

RUT 16096103-1 CVE 2076243
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2021
Repertorio
26719-2021
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile
Duración
La Sociedad rige desde esta fecha y durará por el término de diez años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio antes señalado

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de fondos de inversión, letras hipotecarias, derechos, instrumentos, títulos, efectos de comercio y financieros; b) La prestación de asesoría en evaluaciones financieras y estratégicas de empresas y nuevos negocios; c) La prestación de asesorías en el desarrollo, la construcción, el financiamiento y en la gestión de proyectos inmobiliarios; d) La prestación de asesoría en el desarrollo de proyectos de generación de energía, en el almacenamiento de energía, la comercialización de energía, la negociación de contratos de energía, el financiamiento de proyectos de energía, y den la compraventa de proyectos de generación de energía; e) la prestación de asesorías en materia educacional en la implementación de programas educacionales, en la mejora de establecimientos educacionales, en la preparación, el desarrollo e implementación de metodologías de estudio para pruebas de selección universitarias, y toda otra asesoría educacional relacionada con las anteriores; f) La compra, venta, enajenación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; g) La constitución o participación como socia, accionista, administradora, gestora o a cualquier título de toda clase de sociedades, ya sean civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; h) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales y)o profesionales; y i) toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo José Díaz Echeverría y a doña María Trinindad Brahm Riva, como el “Administrador” o los “Administradores”, indistintamente, quienes podrán actuar individual e indistintamente uno cualesquiera de ellos, los que, anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia de uno cualquiera de los Administradores a su cargo de administrador de la sociedad, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá al otro Administrador restante quien actuará en forma individual

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaria de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2021, Repertorio N°26.719-2021, otorgada ante IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaria de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, Pablo José Díaz Echeverría, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°16.096.103-1, domiciliado en Américo Vespucio Norte N°2.445, departamento 31, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y María Trinindad Brahm Rivas, chilena, casada y separada totalmente de bienes, historiadora y profesora, cédula nacional de identidad N°17.084.240-5, domiciliada en domiciliado en Américo Vespucio Norte N°2.445, departamento 31, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, vienen en constituir la siguiente sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: INVERSIONES WILMINGTON LIMITADA. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo José Díaz Echeverría y a doña María Trinindad Brahm Riva, como el “Administrador” o los “Administradores”, indistintamente, quienes podrán actuar individual e indistintamente uno cualesquiera de ellos, los que, anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia de uno cualquiera de los Administradores a su cargo de administrador de la sociedad, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá al otro Administrador restante quien actuará en forma individual. DOMICILIO: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: La Sociedad rige desde esta fecha y durará por el término de diez años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio antes señalado. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de fondos de inversión, letras hipotecarias, derechos, instrumentos, títulos, efectos de comercio y financieros; b) La prestación de asesoría en evaluaciones financieras y estratégicas de empresas y nuevos negocios; c) La prestación de asesorías en el desarrollo, la construcción, el financiamiento y en la gestión de proyectos inmobiliarios; d) La prestación de asesoría en el desarrollo de proyectos de generación de energía, en el almacenamiento de energía, la comercialización de energía, la negociación de contratos de energía, el financiamiento de proyectos de energía, y den la compraventa de proyectos de generación de energía; e) la prestación de asesorías en materia educacional en la implementación de programas educacionales, en la mejora de establecimientos educacionales, en la preparación, el desarrollo e implementación de metodologías de estudio para pruebas de selección universitarias, y toda otra asesoría educacional relacionada con las anteriores; f) La compra, venta, enajenación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; g) La constitución o participación como socia, accionista, administradora, gestora o a cualquier título de toda clase de sociedades, ya sean civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; h) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales y/o profesionales; y i) toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar. CAPITAL: El capital social es de $5.000.000 que se entera y paga de la manera que sigue: Uno) Don Pablo José Díaz Echeverría la suma de $2.500.000, mediante el aporte en dominio de las cien acciones de que es titular en la sociedad HzL ENERGY SpA. Dos) Doña María Trinindad Brahm Riva la suma de $2.500.000, la que se pagará dentro del plazo de cinco años en dinero en efectivo, en especie y/o mediante la capitalización de utilidades de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2022.