MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GESAMAU CONSULTORES LIMITADA

RUT 76000728-5 CVE 2076347
Fecha instrumento
19 de octubre de 2007
Notaría
Ñuñoa
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de octubre de 2007
Comuna
Ñuñoa

Sociedad

Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
Duración
Indefinida

Objeto social

El Objeto de la sociedad por acciones será: A) La venta y prestación por si, o por intermedio de dependientes o de terceros, de asesorías y consultorías profesionales, técnicas, especializadas y empresariales en las más diversas áreas, como asimismo la planificación, la administración, auditorias de toda clase; proyecciones financieras, económica, tributaria, contable, recursos humanos, etcétera; asesorar en todo lo concerniente a inversiones de toda clase, de bienes ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos, y todo bien susceptible de comercializar, a toda persona jurídicas y naturales, sean estas del sector público, privado o mixto, nacionales o extranjeras, con o sin lucro, de servicio de asesoramiento, consultoría o de administración de toda clase de establecimientos y a toda clase de personas. B) La realización de toda clase de inversiones, sea por cuenta y con recursos propios o ajenos, en bienes corporales o incorporales, bienes raíces o muebles, administrarlos y percibir sus frutos, rentas y / o beneficios; C) La adquisición, loteo, subdivisión de bienes inmuebles, sea de aptitud o destino habitacional, agrícola, forestal, industrial o comercial su venta, explotación, arriendo, administración y comercialización, en cualquier forma y en general la ejecución y celebración de cualquier acto o contrato que permita el cumplimiento del

Administración

La Sociedad será administrada por don MICHEL ROLANDO HERRERA CARREÑO, en adelante el “Administrador” con facultades del pacto social. El capital de la sociedad será la cantidad UN MILLON DE PESOS, los cuales son aportados de la siguiente manera: a) MICHEL ROLANDO HERRERA CARREÑO, aporta UN MILLON DE PESOS, equivalentes al cien por ciento de los derechos sociales, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie, capital suscrito y pagado

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, Abogado Notario Público Suplente del titular JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, de la Primera Notaría de Ñuñoa, Oficio Avenida Irarrázaval N° 1745 oficina B, Certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, MICHELL ROLANDO HERRERA CARREÑO, chileno, casado separado de bienes, contador auditor, cédula nacional identidad Nº13.046.205-7, Quillen Nº403, Comuna de Quilicura, y HUGO PATRICIO BAEZA MILLALEN, Chileno, casado, administrador de empresa, cédula nacional identidad Nº11.474156-6 Jalisco Nº8409, Comuna de Pudahuel, vienen en transformar la sociedad de responsabilidad Limitada denominada “GESAMAU CONSULTORES LIMITADA”, Antecedentes Generales: Por escritura pública fecha 19/10/2007, otorgada ante Notario Público Santiago doña María Gloria Acharan Toledo, Cuadragésima Notaria de Santiago, oficio Matías Causiño 154, Santiago; se crea la sociedad de responsabilidad limitada denominada “GESAMAU CONSULTORES LIMITADA”, Rol único tributario 76.000.728-5, y que en extracto se inscribió a fojas cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y uno número treinta y un mil ochocientos sesenta y nueve Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año dos mil siete, asimismo se publicó Diario Oficial República de Chile edición 38.902 día 03 noviembre año 2007.- La sociedad no ha tendido modificaciones.- Cesión de derechos. Los socios don MICHELL ROLANDO HERRERA CARREÑO, tiene el noventa por ciento de los derechos sociales y don HUGO PATRICIO BAEZA MILLALEN, tiene el diez por ciento restantes de los derechos sociales. Por el presente instrumento don HUGO PATRICIO BAEZA MILLALEN, vende, cede y transfiere el diez por ciento de los derechos de que es titular en la empresa “GESAMAU CONSULTORES LIMITADA” a don MICHELL ROLANDO HERRERA CARREÑO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de CIEN MIL PESOS, que el cesionario paga al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente haber recibido el precio a su entera satisfacción, dándolo por íntegramente cancelado. Transformación: Por el presente instrumento, como consecuencia de la cesión de derechos contemplada en las cláusulas anteriores y habiéndose reunido todo el capital en una sola mano, y en virtud de lo establecido en la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, don MICHELL ROLANDO HERRERA CARRENO, viene en transformar la sociedad de responsabilidad limitada “GESAMAU CONSULTORES LIMITADA”, en una sociedad por acciones.- La Sociedad por Acciones será del siguiente tenor: “comparece: don MICHELL ROLANDO HERRERA CARREÑO, Chileno, casado y separado de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad número trece millones cuarenta y seis mil doscientos cinco guión siete, domiciliado en calle Quillen número cuatrocientos tres, Comuna de Quilicura, Región Metropolitana de Santiago; El compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la referida cédula y expone lo siguiente: MICHELL ROLANDO HERRERA CARREÑO, viene en constituir una sociedad por acciones NOMBRE: “GESAMAU CONSULTORES SpA” pudiendo actuar con el nombre de FANTASIA “GESAMAU SpA”. DOMICILIO: Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACION: La duración de la sociedad será indefinida. OBJETO: El Objeto de la sociedad por acciones será: A) La venta y prestación por si, o por intermedio de dependientes o de terceros, de asesorías y consultorías profesionales, técnicas, especializadas y empresariales en las más diversas áreas, como asimismo la planificación, la administración, auditorias de toda clase; proyecciones financieras, económica, tributaria, contable, recursos humanos, etcétera; asesorar en todo lo concerniente a inversiones de toda clase, de bienes ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos, y todo bien susceptible de comercializar, a toda persona jurídicas y naturales, sean estas del sector público, privado o mixto, nacionales o extranjeras, con o sin lucro, de servicio de asesoramiento, consultoría o de administración de toda clase de establecimientos y a toda clase de personas. B) La realización de toda clase de inversiones, sea por cuenta y con recursos propios o ajenos, en bienes corporales o incorporales, bienes raíces o muebles, administrarlos y percibir sus frutos, rentas y / o beneficios; C) La adquisición, loteo, subdivisión de bienes inmuebles, sea de aptitud o destino habitacional, agrícola, forestal, industrial o comercial su venta, explotación, arriendo, administración y comercialización, en cualquier forma y en general la ejecución y celebración de cualquier acto o contrato que permita el cumplimiento del objeto.- D) Que se puedan realizar inversiones en el extranjero, constituir sociedades en el extranjero, de cualquier tipo, filiales, e inversiones, constituir sociedades y por acciones de todo tipo, y todo lo relacionado con esto, no importando el país de destino. Administración y Representación. La Sociedad será administrada por don MICHEL ROLANDO HERRERA CARREÑO, en adelante el “Administrador” con facultades del pacto social. El capital de la sociedad será la cantidad UN MILLON DE PESOS, los cuales son aportados de la siguiente manera: a) MICHEL ROLANDO HERRERA CARREÑO, aporta UN MILLON DE PESOS, equivalentes al cien por ciento de los derechos sociales, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie, capital suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 14 ENERO 2022.