Construcción Acuaequip Ñuble Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2022
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, domiciliado en Teatinos Nº 332, Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada hoy, ante mí, don José Gabriel Correa Ochagavía, doña Ana María Zañartu Rosselot, don Gabriel José Correa Zañartu y don Benjamín José Correa Zañartu, todos domiciliados en calle Robinson Crusoe 1155, Dpto. 705, Las Condes, constituyeron la sociedad denominada Construcción Acuaequip Ñuble Limitada, que tendrá su domicilio en Santiago, y cuyo objeto será el diseño y construcción de obras hidráulicas y civiles; punteras y pozos de captación de agua, rehabilitación de sistemas hidráulicos y civiles, comercialización, distribución, venta y arriendo de equipos de bombeo, hidráulicos, eléctricos, sanitarios y de regadío; la edificación de casetas, cámaras, recintos cerrados, y cualquier estudio, diseño de proyecto o construcción semejante a las enunciadas, así como cualquier otro negocio relacionado que los socios acuerden realizar. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Gabriel Correa Ochagavía. Esta designación no es cláusula esencial. El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, que los socios enteran y se obligan a enterar en dinero, como sigue: a) don José Gabriel Correa Ochagavía, $4.000.000, que paga en este acto; b) doña Ana María Zañartu Rosselot, $6.000.000, que paga en este acto; c) don Gabriel José Correa Zañartu, $5.000.000, que pagará, en una o más cuotas, según sus propias disponibilidades, pero a más tardar el 31 de diciembre de 2023; y d) don Benjamín José Correa Zañartu, $5.000.000, que pagará, en una o más cuotas, según sus propias disponibilidades, pero a más tardar el 31 de diciembre de 2023. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2024, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Santiago, 12 de enero de 2022.