MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA

RUT 76084510-8 CVE 2075759
Fecha instrumento
30 de marzo de 2004
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2004
Repertorio
2059-2021
Notario
Notario suplente del Titular Eduardo Antonio Fuenzalida Robledo
Oficio
5° Notaria de San Miguel
Comuna
San Miguel

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
JUAN LUIS CANALES ROJAS socio 4186531-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gladys del Carmen Hernández Manzano, abogado, Notario suplente del Titular Eduardo Antonio Fuenzalida Robledo, Notario Público de la 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, Certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre del 2021, repertorio N°2.059-2021, otorgada ante mi, don JUAN LUIS CANALES ROJAS, CI N°4.186.531-8, don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG CI N°12.657.394-4 y don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG CI N°12.262.367-K, todos domiciliados en calle Juan Griego N°4474, de la Comuna de San Joaquín, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA, la cual fue constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 30 de marzo del año 2004, otorgada en la Notaría de don René Antonio Santelices Gamboa, cuyo extracto social se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de San Miguel, a fojas 57 número 57 del año 2004, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 17 de abril del año 2004; en los términos siguientes a) Por el presente instrumento, los comparecientes, y únicos socios de la sociedad TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA, quienes están presentes en el mismo acto, declaran que, don JUAN LUIS CANALES ROJAS, vende, cede y transfiere a don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG y a don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, en partes iguales, la totalidad de los derechos que le corresponden al vendedor en la sociedad TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA. El precio de la compraventa y cesión de acciones es la suma de cincuenta millones de pesos, cantidad que los cesionarios pagarán al cedente, en partes iguales, al contado y en dinero efectivo, antes del 31 de diciembre del presente año; b) Los nuevos y únicos socios aumentan el capital social en ciento sesenta millones de pesos, quedando el capital social en la suma única y total de ciento sesenta y tres millones de pesos, que será aportado y enterado por los socios, en partes iguales, dentro del plazo de 5 años a contar del mes de enero del año 2022. En consecuencia, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales, quedando como sigue: “Clausula Cuarta: El capital social es la suma de ciento sesenta y tres millones de pesos, de los cuales, tres millones se encuentran íntegramente pagados y enterados en arcas sociales, el saldo de ciento sesenta millones de pesos deberá ser enterado y pagado en dinero en efectivo por sus socios en la proporción que a cada uno corresponde, esto es, don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG aporta la suma de ochenta millones de pesos, equivalente al 50% de la participación en los derechos sociales y don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG aporta la suma de ochenta millones de pesos, equivalentes al 50% de la participación en los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes y participación. En todo lo no modificado, por el presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, a 21 de diciembre de 2021.