CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

OM Asesorías e Inversiones SpA

RUT 15639913-2 CVE 2075629
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2022
Repertorio
116-2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

/a) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, legales, contables, tributarios, financieros, publicitarios, o comerciales; /b) efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en Chile o en el extranjero, con fines exclusivamente rentísticos; y c) en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetos anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33° Notaria de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 3 de enero de 2022, repertorio 116-2022 ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, don Andrés Ossandón Spoerer, cédula de identidad número 15.639.913-2, doña Nicole Andrea Mulet Brito, cédula de identidad número 16.607.963-2, y doña María Ignacia Ossandón Spoerer, cédula de identidad número 19.245.655-k, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: OM Asesorías e Inversiones SpA. Accionistas: Andrés Ossandón Spoerer, Nicole Andrea Mulet Brito y María Ignacia Ossandón Spoerer. Objeto: /a/ la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, legales, contables, tributarios, financieros, publicitarios, o comerciales; /b/ efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en Chile o en el extranjero, con fines exclusivamente rentísticos; y c) en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetos anteriores. Capital. La cantidad de $500.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas de la forma indicada en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2022.