NAVEUP SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaria de San Miguel
- Comuna
- San
Objeto social
En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Incorporar en el artículo undécimo, del título tercero, a continuación del punto final, la siguiente frase: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad. Sociedad inscrita a fojas extracto se inscribió a fojas cincuenta y cinco mil ochocientos siete, número veinticinco mil ochocientos setenta y seis en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaria de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, comparece CRISTIÁN ANDRÉS VARGAS CUNILL, chileno, soltero, Ingeniero Civil, cédula de identidad número diecisiete millones ochenta y tres mil setenta y nueve guión dos, domiciliado en estos efectos en Ahumada ciento treinta y uno, oficina novecientos trece, comuna Santiago, quien redujo a escritura pública acta PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS NAVEUP SpA. En la cual se modificó la sociedad en los siguientes términos: Modificar los estatutos sociales con el objeto de incorporar un nuevo artículo cuarto bis y un nuevo párrafo final en el artículo undécimo sobre la administración de la sociedad: ACUERDO PRIMERO: Incorporar en los estatutos sociales un nuevo artículo cuarto bis con el siguiente contenido: “Artículo Cuarto Bis: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Incorporar en el artículo undécimo, del título tercero, a continuación del punto final, la siguiente frase: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad. Sociedad inscrita a fojas extracto se inscribió a fojas cincuenta y cinco mil ochocientos siete, número veinticinco mil ochocientos setenta y seis en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 23 de diciembre de 2021.