INMOBILIARIA E INVERSIONES CUMIANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2022
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- cinco años contados desde fecha constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Responsabilidad socios limitada al monto de respectivos
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, arrendamiento, y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de cualquiera clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos o rurales, cualquiera que sea su destino. b) la realización de toda otra actividad de inversión, sea en bienes corporales e incorporales muebles e inmuebles, pudiendo para ello formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. c) en general, el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las indicadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en calle O’Higgins 528, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de enero de 2022, Rep. Nº 143, ante mi suplente Gastón Aranís Quiroz; GIAN CARLO MARITANO CAMPODÓNICO, CARLA STEFANIA MARITANO CAMPODÓNICO, y CARLOS ALBERTO MARITANO JEQUIER, todos domiciliados en Serrano 224, ciudad de Concepción, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA E INVERSIONES CUMIANA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, indistintamente la expresión abreviada de “INMOBILIARIA E INVERSIONES CUMIANA LTDA.”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, arrendamiento, y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de cualquiera clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos o rurales, cualquiera que sea su destino. b) la realización de toda otra actividad de inversión, sea en bienes corporales e incorporales muebles e inmuebles, pudiendo para ello formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. c) en general, el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las indicadas. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y pagan, en las proporciones siguientes: a) GIAN CARLO MARITANO CAMPODÓNICO, aporta la suma de $480.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al 48% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados. b) CARLA STEFANIA MARITANO CAMPODÓNICO, aporta la suma de $480.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al 48% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados. c) CARLOS ALBERTO MARITANO JEQUIER, aporta la suma de $40.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados. Administración y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, con facultades indicadas en estatuto social. Duración: cinco años contados desde fecha constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Responsabilidad socios limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 20 de enero de 2022.-