COMERCIAL SOCOEPA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2021
- Notario
- LCH PARRA
- Domicilio
- comuna de Paillaco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONRAD PABLO ZÜLCH PARRA, Notario Público Titular de la comuna de Paillaco, con oficio en Camilo Henríquez N°220, oficinas 7 y 8, CERTIFICO: que don RUBÉN LORENZO AEDO REBOLLEDO, abogado, domiciliado en Pérez Rosales N°1167, de la ciudad de Paillaco, con fecha 30 de diciembre de 2021 redujo a escritura pública acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMERCIAL SOCOEPA S.A. celebrada con fecha 21 de octubre de 2021, en la cual se acordó: Uno) Aprobar la implementación de Directores suplentes en la sociedad.- Dos) Aprobar que la reforma de estatutos producirá sus efectos al momento de constituirse la Junta Ordinaria de Accionistas de Comercial Socoepa S.A. que se celebrará durante el primer cuatrimestre del año 2022, oportunidad en que la sociedad procederá a renovar totalmente su Directorio designando a sus miembros titulares y suplentes.- Tres) Efectuar las siguientes modificaciones al estatuto, con el objeto de permitir la materialización de las reforma: a) Modificar el artículo sexto reemplazándolo íntegramente por el siguiente texto: “Artículo sexto: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por cinco miembros titulares. Por cada director titular se elegirá un director suplente. El Directorio durará un período de dos años, al final del cual deberá renovarse totalmente o reelegirse, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Los directores, sean titulares o suplentes, podrán ser o no accionistas de la sociedad. Los directores suplentes podrán reemplazar a su respectivo titular en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal de éste. En caso de fallecimiento, renuncia, o cualquiera otra causal de vacancia en el cargo de un director titular y de su respectivo suplente, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la Sociedad, y en el intertanto el Directorio podrá nombrar un reemplazante.” b) Modificar el artículo séptimo reemplazándolo íntegramente por el siguiente texto: “Artículo séptimo: Los Directores podrán ser remunerados por sus funciones y su procedencia y cuantía será fijada anualmente por la Junta Ordinaria de Accionistas.” c) Incorporar un nuevo artículo transitorio a los estatutos sociales del siguiente tenor: “En Junta General Extraordinaria de Accionistas del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno, se aprobó una modificación de los estatutos sociales consistente en incorporar directores suplentes a la sociedad, modificándose el artículo sexto y séptimo de los estatutos sociales. La referida modificación entrará en vigencia al momento de constituirse la Junta Ordinaria de Accionistas de Comercial Socoepa S.A. que se celebrará durante el primer cuatrimestre del año dos mil veintidós, oportunidad en que la sociedad procederá a renovar totalmente su Directorio designando a sus miembros titulares y suplentes. En el intertanto, esto es, mientras no se celebre la Junta Ordinaria de Comercial Socoepa S.A. del año dos mil veintidós, el Directorio estará compuesto por los miembros que fueron elegidos en la Junta Ordinaria de Accionistas del año dos mil veintiuno.” En todo lo no modificado rige el pacto social primitivo.” Paillaco, 30 de diciembre de 2021.