Maldonado y Sanhueza Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2022
- Repertorio
- 152-2022
- Notario
- JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $27.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 19 de enero de 2022, Repertorio N°152-2022, otorgada ante mí, compareció don Mauricio Andrés Maldonado Fernández y doña Pamela Cecilia Sanhueza Gutiérrez, ambos domiciliados en Talcahuano, calle L N° 1.205, Torre Tres, departamento 507, Brisas del Sol, quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada con domicilio en la comuna de Concepción, cuya razón social es “Maldonado y Sanhueza Limitada”, pudiendo actuar ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, con el nombre de fantasía “Malsan Limitada”, y facultándose la abreviación de la palabra “Limitada” por “Ltda”. El objeto de la sociedad será la asesoría, logística, transporte, montaje, desmontaje y preparación de equipo, maquinaria y materiales para la construcción. Las actividades que constituyen el giro social podrán ser ejecutadas directamente por la sociedad, a través de sus socios y trabajadores, o a través de otras sociedades o entidades de las que la sociedad podrá formar parte. Se entienden comprendidas en el objeto las actividades complementarias que sea menester para la ejecución del objeto principal. El capital es la suma de $27.000.000, totalmente pagado en dinero efectivo, en razón de $8.100.000 por parte don Mauricio Maldonado Fernández, y $18.900.000 por parte de doña Pamela Sanhueza Gutiérrez. La administración y uso de la razón social corresponderán indistintamente a los socios Mauricio Maldonado Fernández y Pamela Sanhueza Gutiérrez, con amplias facultades, sin perjuicio de las limitaciones contenidas en la escritura constitutiva. La sociedad tendrá una duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura constitutiva, y se renovará automática y sucesivamente por períodos de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término, voluntad que se manifestará por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio competente con una anticipación de a lo menos 60 días anteriores al vencimiento del plazo original o de alguna de sus prórrogas. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará sólo con los socios sobrevivientes, es decir, con exclusión de los herederos del socio fallecido. La responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Demás disposiciones constan en escritura que se extracta. Concepción, 19 de enero de 2022. Doy fe.