IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2021
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaria
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- IVAN FARID LAIBE VERA, doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, don KARIM FARID LAIBE DUARTE, representado en la forma indicada en la comparecencia, doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, en su calidad de únicos socios y dueños del cien por ciento de los derechos, vienen en modificar el nombre de fantasía de la sociedad de “D & L ASOCIADOS LTDA.” por el de “LAIBE CONSULTORES LTDA.”. 5) MODIFICACIÓN DE LA
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la Ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de tres años, plazo renovable, tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripci6n social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios contables, previsionales, tributarios, computacionales, de auditoría y de asesoría en general; la comercialización, distribución, venta, importación y exportación de insumos para la contabilidad y computación; el arriendo de muebles e inmuebles, comisión, asesoría en proyectos en general y su financiamiento y la prestación de cualquier otro servicio relacionado con el objeto social que los socios acuerden. RAZON SOCIAL Y
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá en forma individual a don IVAN FARID LAIBE VERA, asimismo, podrán ejercer la administración en forma conjunta dos cualquiera de los socios que se señalan a continuación: VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA y)o KARIM FARID LAIBE DUARTE y)o TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ. Don IVAN FARID LAIBE VERA, quién o quiénes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social en su firma, la representarán con, las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, de acuerdo a la enumeración no taxativa de facultades que se hace en los estatutos originales, manteniéndose vigentes en todo lo no modificado. 6) MODIFICACION DEL
Referencias (3)
- do publicacion DO N° 41345 del 31 de diciembre de 2015
- do publicacion DO N° 41519 del 28 de julio de 2016
- do publicacion DO N° 41856 del 9 de septiembre de 2017
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaria, Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, certifico: Por escritura pública de 03/12/2021, ante mi: don IVAN FARID LAIBE VERA; doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA; doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, por si y en representación de don KARIM FARID LAIBE DUARTE; doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ; y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, todos domiciliados para éstos efectos en Pasaje República número 15, oficina número 12, comuna y ciudad de Santiago; modificaron la sociedad IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 26/12/1991, ante el Notario Público don Mario Baros González, Notario de Santiago, Titular de la Trigésima Novena Notaria, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 1.497 número 736 del año 1992 y se publicó en el Diario Oficial N°34.000 del 18 de enero de 1992. La sociedad ha sufrido las siguientes modificaciones: a) Por escritura pública de fecha 14 de junio de 1993, otorgada ante el Notario Público don Mario Baros González, Titular de la Trigésima Novena Notaria de Santiago; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 14.939 número 12.363 y se publicó en el Diario Oficial número 34.611 el 10 de julio de 1993; b) Por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 1993, otorgada ante el Notario Público don Mario Baros Gonzalez, Titular de la Trigésima Novena Notaria de Santiago; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 727 número 377 del año 1994 y se publicó en el Diario Oficial número 34.761 del 11 de enero de 1994; c) Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 1994, otorgada ante el Notario Público don Mario Baros González, Titular de la Trigésima Novena Notaria de Santiago; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 28.111 número 22.962 del año 1994; d) Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 1996, otorgada ante el Notario Público don Jorge Valenzuela Bravo, Suplente del Titular de la Trigésima Novena Notaria de Santiago de Mario Baros González; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 2.813, con el número 2.251 del año 1997 y se publicó en el Diario Oficial número 35.704 del 28 de febrero de 1997; e) Por escritura pública de fecha 26 de julio de 2001, otorgada ante el Notario Público don Osvaldo Pereira González, Titular de la Décima Cuarta Notaria de Santiago; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 22.342 número 17.997 del año 2001 y se publicó en el Diario Oficial número 37.056 del 07 de septiembre del 2001; f) Por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2008 ante el Notario Público doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Séptima Notaria de Santiago, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 59.069 número 40.952 del año 2008 y se publicó en el fecha 21 de enero de 2015, ante la Notario Público Titular de Santiago doña Valeria Ronchera Flores; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 20.556, con el número 12.299 y se publicó en el Diario Oficial número 41.108 del 16 de marzo de 2015; h) Por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2015, ante el Notario Público Suplente de ésta Notaria don José Manuel Cifuentes Guerra; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 96.586, número 56.591 del año 2015 y se publicó en el Diario Oficial número 41.345 de fecha 31 de diciembre de 2015; i) Por escritura pública de fecha 16 de junio de 2016, ante el Notario Público Suplente de ésta Notaria don José Manuel Cifuentes Guerra; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 55.123, número 29.838 del año 2016 y se publicó en el Diario Oficial número 41.519 de fecha 28 de julio de 2016. y j) Por escritura pública de fecha 7 de agosto de 2017, ante el Notario Público Suplente de ésta Notaria don José Manuel Cifuentes Guerra, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 69.557, número 37.477 y se publicó en el Diario Oficial número 41.856 de fecha 9 de septiembre de 2017. Modificaciones consisten en: 1) Actualmente, los comparecientes que se indican a continuación, son los únicos socios de la sociedad y dueños del cien por ciento de los derechos sociales que están distribuidos de la siguiente manera: a) don IVAN FARID LAIBE VERA, dueño de un 76% de derechos sociales; y b) doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA; don KARIM FARID LAIBE DUARTE; y doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, dueños de un 8% de derechos sociales, cada uno. 2) CESIONES DE DERECHOS. a) Don IVAN FARID LAIBE VERA, dueño del 76% de derechos sociales, con el consentimiento expreso de VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA; KARIM FARID LAIBE DUARTE, representado en la forma indicada en la comparecencia; y TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, vende, cede y transfiere el 2% de sus derechos, a doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $120.000.-, que la cesionaria paga en dinero efectivo en este acto al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción: y b) don IVAN FARID LAIBE VERA, con el consentimiento expreso de VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA; KARIM FARID LAIBE DUARTE, representado en la forma indicada en la comparecencia; y TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, vende, cede y transfiere el 2% de sus derechos sociales, a don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $120.000.-, que el cesionario paga en dinero efectivo en este acto al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. 3) Como consecuencia de la compraventa y cesión, quedan como únicos socios de “IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA”: a) don IVAN FARID LAIBE VERA, con un 72% de derechos sociales; b) doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, con un 8% de derechos sociales; c) don KARIM FARID LAIBE DUARTE, con un 8% de derechos sociales; d) doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, con un 8% de derechos sociales; d) doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, con un 2% de los derechos sociales; y e) don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, con un 2% de los derechos sociales. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. 4) MODIFICACIÓN NOMBRE DE FANTASIA. IVAN FARID LAIBE VERA, doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, don KARIM FARID LAIBE DUARTE, representado en la forma indicada en la comparecencia, doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, en su calidad de únicos socios y dueños del cien por ciento de los derechos, vienen en modificar el nombre de fantasía de la sociedad de “D & L ASOCIADOS LTDA.” por el de “LAIBE CONSULTORES LTDA.”. 5) MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá en forma individual a don IVAN FARID LAIBE VERA, asimismo, podrán ejercer la administración en forma conjunta dos cualquiera de los socios que se señalan a continuación: VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA y/o KARIM FARID LAIBE DUARTE y/o TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ. Don IVAN FARID LAIBE VERA, quién o quiénes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social en su firma, la representarán con, las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, de acuerdo a la enumeración no taxativa de facultades que se hace en los estatutos originales, manteniéndose vigentes en todo lo no modificado. 6) MODIFICACION DEL CAPITAL. El capital social será la suma de $6.000.000.- que los socios aportan en la proporción que se indica y que enteran de la siguiente manera: IVAN FARID LAIBE VERA, aporta la suma de $4.320.000.- y que enteró mediante la adquisición del 72% de los derechos sociales, y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; don KARIM FARID LAIBE DUARTE, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, aporta la suma de $120.000.- y que enteró mediante la adquisición del 2% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, aporta la suma de $120.000.- y que enteró mediante la adquisición del 2% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social. 7) TEXTO REFUNDIDO. En consecuencia y con la finalidad de mantener la integridad de estatutos sociales en un solo documento, los actuales únicos socios y dueños del cien por ciento de los derechos sociales don IVAN FARID LAIBE VERA, doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, don KARIM FARID LAIBE DUARTE, doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, convienen en refundirlos fijando el siguiente texto, único por el cual se regirá la sociedad en el futuro: “IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, los cuales se extractan como sigue: OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios contables, previsionales, tributarios, computacionales, de auditoría y de asesoría en general; la comercialización, distribución, venta, importación y exportación de insumos para la contabilidad y computación; el arriendo de muebles e inmuebles, comisión, asesoría en proyectos en general y su financiamiento y la prestación de cualquier otro servicio relacionado con el objeto social que los socios acuerden. RAZON SOCIAL Y NOMBRE DE FANTASIA: La razón social será “IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Sin embargo, la Compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los Bancos, entidades financieras y toda clase de instituciones y organismos públicos o privados con el nombre de fantasía “LAIBE CONSULTORES LTDA.” ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá en forma individual a don IVAN FARID LAIBE VERA, asimismo, podrán ejercer la administración en forma conjunta dos cualquiera de los socios que se señalan a continuación: VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA y/o KARIM FARID LAIBE DUARTE y/o TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ. Don IVAN FARID LAIBE VERA, quién o quiénes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social en su firma, la representarán con, las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, facultades indicadas en escritura extractada. CAPITAL. El capital social será la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan en la proporción que se indica y que enteran de la siguiente manera: IVAN FARID LAIBE VERA, aporta la suma de $4.320.000.- y que enteró mediante la adquisición del 72% de los derechos sociales, y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; don KARIM FARID LAIBE DUARTE, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, aporta la suma de $480.000.- y que enteró mediante la adquisición del 8% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, aporta la suma de $120.000.- y que enteró mediante la adquisición del 2% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social; y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, aporta la suma de $120.000.- y que enteró mediante la adquisición del 2% de los derechos sociales y que se encuentran totalmente pagados y enterados en caja social. DURACION: La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de tres años, plazo renovable, tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripci6n social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. DOMICILIO. La sociedad tendrá como domicilio la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o Agencias que establezca en el resto del país. En todo lo no modificado los actuales socios ratifican y declaran que se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 31 de diciembre de 2021.