INMOBILIARIA CARRASCAL S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 4222-2021
- Notario
- NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.269.364.735 CLP
- Domicilio
- Comuna de Zapallar
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Notario Público de Santiago, Titular Notaría Nº 37, Huérfanos 1117, Oficina 1014, certifica: Con fecha 31 de diciembre de 2021, Repertorio N° 4222-2021, ante mí suplente doña Carmen Orellana Quiroga, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “INVERSIONES DON GABRIEL S.A.”, inscrita a fojas 23.667 N° 11.872 del Registro de Comercio de Santiago de 1991, celebrada ante mí con fecha 29 de diciembre de 2021, en la que el cien por ciento de los accionistas acordaron, acordó entre otras materias: a) Aprobar la división de la sociedad “INVERSIONES DON GABRIEL S.A.”, en dos sociedades: la sociedad dividida o continuadora legal, que conserva la razón social y el objeto social; y una nueva sociedad denominada “INMOBILIARIA CARRASCAL S.A.” La Sociedad, por tanto, es constituida por los mismos accionistas de la sociedad dividida, a saber INVERSIONES SANTA ROSA LIMITADA, rol único tributario N°96.570.210-5, domiciliada en El Golf de Manquehue nueve mil setecientos cincuenta, casa trescientos veintiúno, comuna de Lo Barnechea, Santiago, INVERSIONES LAS BELLOTAS LIMITADA, rol único tributario N°96.570.220-2, domiciliada en calle las Hortensias, depto. dos mil ochocientos treinta y seis, comuna de providencia, Santiago, INVERSIONES HELVETICAS LIMITADA, rol único tributario N°96.567.710-0, domiciliada en Los Portones número mil quinientos cuarenta y tres, comuna de Lo Barnechea, Santiago y, INVERSIONES SAN SEBASTIÁN LIMITADA, rol único tributario N°96.639.960-0, domiciliada en calle Pan de Azúcar diez mil cuatrocientos veintinueve, departamento ciento tres guión A, comuna de Lo Barnechea, Santiago. b) Aprobar la fecha desde la cual la división producirá efectos, la cual será a partir de la fecha en que se reduzca a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas que acuerda la misma. c) Aprobar los estatutos de la Sociedad, de lo que se extracta lo siguiente: i) Nombre: INMOBILIARIA CARRASCAL S.A. ii) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La explotación, compra, loteo, urbanización y subdivisión, edificación, venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, locales comerciales y departamentos. Dos) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Tres) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Cuatro) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. iii) Domicilio: Comuna de Zapallar sin perjuicio de las agencias, oficinas, o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. iv) Duración: La duración de la sociedad será indefinida. v) Capital: El capital de la Sociedad será de $1.269.364.735 pesos, dividido y representado en 1.000.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. El capital de la Sociedad quedó íntegramente suscrito y pagado con cargo a la parte del patrimonio de “INVERSIONES DON GABRIEL S.A.” que se le asignó en la división. El extracto correspondiente a la sociedad continuadora de la división, “INVERSIONES DON GABRIEL S.A.”, consta en forma separada de conformidad con el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada. Santiago, a 10 de enero de 2022.