CONSTRUCTORA ZURCAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2022
- Repertorio
- 355
- Notario
- RUBEN REINOSO HERRERA
- Oficio
- Cuarta Notaría La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 20.190
Objeto social
El objeto de la sociedad será: 1) El estudio, la preparación y ejecución de proyectos de igeniería, obras civiles, mecánicas y eléctricas, y todas aquellas actividades mercantiles y)o civiles lícitas que digan relación con la construcción; 2) El arriendo de maquinarias y equipos para la construcción y otras actividades asociadas a la construcción y, 3) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, Cuarta Notaría La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de enero de 2022, repertorio N° 355,ante mí, don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ, cédula de identidad número seis millones doscientos treinta y tres mil cincuenta y seis guión dos y doña MARÍA ALICIA ÁLVAREZ CONTRERAS, cédula de identidad número tres millones novecientos cincuenta mil quinientos cuarenta guión K, ambos domiciliados para estos efectos en Santa Victoria nueve mil seiscientos treinta y tres, comuna de La Florida, Región Metropolitana, de paso en esta, acuerdan el siguiente contrato cesión de derechos sociales y transformación de sociedad: CESIÓN DE DERECHOS: PRIMERO: don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ y doña MARÍA ALICIA ÁLVAREZ CONTRERAS, son dueños y únicos socios, en una proporción del ochenta y cinco y quince por ciento, cada uno respectivamente, de la sociedad de Responsabilidad Limitada cuya razón social es “CONSTRUCTORA ZURCAL LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta guión cinco. SEGUNDO: Por el presente instrumento, doña MARÍA ALICIA ÁLVAREZ CONTRERAS, vende, cede y transfiere a don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de los derechos sociales de que es dueña la cedente en la sociedad “CONSTRUCTORA ZURCAL LIMITADA”, sea por capital, revalorizaciones, utilidades no retiradas o a cualquier otro título, y que equivalen a un quince por ciento del haber social total. El precio de la cesión de derechos precedente es la suma de veinte millones de pesos, que el cesionario, NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ, paga a doña MARÍA ALICIA ÁLVAREZ CONTRERAS en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera conformidad, y dar por solucionado el pago. TERCERO: Con motivo de la presente Cesión de derechos, se retira de la sociedad doña MARÍA ALICIA ÁLVAREZ CONTRERAS y, en consecuencia, se modifica la sociedad quedando como único y actual socio, don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ, con un cien por ciento de los derechos sociales, por lo tanto, se ha producido la reunión de todos los derechos en una sola persona. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD: El único y actual socio, transforma sociedad de responsabilidad limitada “CONSTRUCTORA ZURCAL LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta guión cinco, en el siguiente sentido: Conforme a lo establecido en la ley 20.190 y demás pertinentes del Código de Comercio, don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ, ya individualizado, viene en trasformar la referida sociedad “CONSTRUCTORA ZURCAL LIMITADA”, constituyendo Sociedad por Acciones, a saber: Razón social: “CONSTRUCTORA ZURCAL SpA”, sin embargo podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía “ZURCAL SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: 1) El estudio, la preparación y ejecución de proyectos de igeniería, obras civiles, mecánicas y eléctricas, y todas aquellas actividades mercantiles y/o civiles lícitas que digan relación con la construcción; 2) El arriendo de maquinarias y equipos para la construcción y otras actividades asociadas a la construcción y, 3) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de ciento tres millones de pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, iguales y de una misma serie, sin valor nominal, el que se encuentra enteramente suscrito y pagado. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales. Duración: Indefinida. Administración y Representación Legal: La sociedad será administrada por un Administrador o Gerente General y por este acto se designa como tal a don NICOLÁS PATRICIO CRUZ ÁLVAREZ. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena 18 de enero del año dos mil veintidós.