CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora El Chancayano Limitada

CVE 2075098
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2021
Notario
RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO
Oficio
23° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de La Serena, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de La Serena
Duración
5 años, desde la fecha de la escritura, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante procedimiento indicado en documento que extracto. La

Objeto social

El objeto de la sociedad será comprar, vender, envasar, almacenar, transportar, distribuir, consignar y comercializar por cuenta propia o ajena todo tipo o clase de frutas y verduras, frutos secos y legumbres de todas las clases, y en general realizar todos aquellos negocios que sean necesarios o conducentes a la realización del objetivo social. La representación, administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, Notario Público, 23° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Catedral número 1265, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 01.12.2021, Rep. 3161-2021, otorgada ante mí, compareció doña Geraldine Roxana Carvajal Reyes, don Giovanni Jim Hansk Chiclla Pulido; y don Juan Carlos Chiclla Buado, todos domiciliados en calle Yungay N°2.570, departamento 302, torre A-4 comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Comercializadora El Chancayano Limitada” con el nombre de fantasía de "EL CHANCAYANO LTDA.”. Domicilio: la ciudad de La Serena, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, sin perjuicio de las sucursales que puedan instalarse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será comprar, vender, envasar, almacenar, transportar, distribuir, consignar y comercializar por cuenta propia o ajena todo tipo o clase de frutas y verduras, frutos secos y legumbres de todas las clases, y en general realizar todos aquellos negocios que sean necesarios o conducentes a la realización del objetivo social. La representación, administración y uso razón social: Corresponderá indistintamente a don Juan Carlos Chiclla Buado y doña Geraldine Roxana Carvajal Reyes, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente para obligar a la sociedad y tendrán las más amplias facultades, ante cualquier persona o autoridad. Capital: $5.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: a) Geraldine Roxana Carvajal Reyes, aporta el 20% del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado de la suma de $1.000.000.-; b) Giovanni Jim Hansk Chiclla Pulido, aporta el 20% del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado de la suma de $1.000.000.- y c) y don Juan Carlos Chiclla Buado aporta el 60% del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado de la suma de $3.000.000.- Duración: 5 años, desde la fecha de la escritura, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante procedimiento indicado en documento que extracto. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 2 de diciembre de 2021.