MIRADOR CIENTO QUINCE SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.400 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública fecha 28/12/2021, suscrita ante mí, don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, chileno, soltero, Factor de Comercio, cédula de identidad número ocho millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y uno guión nueve, domiciliado en Parcela número ciento quince, Playa Quinquelles, La Ballena, Comuna de la Ligua, Región de Valparaíso. Viene a modificar la Sociedad por Acciones “MIRADOR CIENTO QUINCE SpA”. Individualización de Escritura Sociedad por Acciones. Por Escritura Pública otorgada por don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público,Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, Piso dieciocho con fecha siete de septiembre del año dos mil veintiuno, repertorio número veinticuatro mil ochocientos dieciséis del mismo año, se constituyó la Sociedad “MIRADOR CIENTO QUINCE SpA”, rol único tributario setenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento ochenta y uno guión dos, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y un mil cuatrocientos setenta y seis, número treinta y tres mil sesenta y cinco del año dos mil veintiuno y publicado el día once de septiembre del año dos mil veintiuno bajo el número cuarenta y tres mil cincuenta y dos, con un capital social inicial de un millón cuatrocientos mil pesos, dividido en mil cuatrocientas acciones, sin valor nominal, suscritas y pagadas según lo indicado en la escritura. De acuerdo a las estipulaciones de la escritura anteriormente individualizada, el actual socio de la sociedad “MIRADOR CIENTO QUINCE SpA”, es: CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, con mil cuatrocientas acciones emitidas, todas de serie única y sin valor nominal equivalentes a la suma de un millón cuatrocientos mil pesos. CESIÓN DERECHOS SOCIALES: Por este instrumento don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña ANA ROSA URIBE PACHECO, chilena, casada, dueña de casa, cédula de identidad número once millones cuarenta y tres mil quinientos cincuenta y nueve guión dos domiciliada en Pasaje uno, casa cuatrocientos cincuenta y tres, Población Los Almendros, comuna de Nogales, Región de Valparaíso, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña CARIME ALEJANDRA GONZÁLEZ LLANTÉN, chilena, divorciada, Factor de Comercio, cédula de identidad número quince millones quinientos nueve mil cuatrocientos dieciocho guión cuatro, domiciliada en Miguel de la Barra, número mil seiscientos sesenta y cuatro, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña SANDRA JACQUELINE ROJAS MALVINO, chilena, casada, cédula de identidad número ocho millones quinientos cuarenta y cinco mil doscientos veintiocho guión dos, domiciliado en Los Americanos, número cero doscientos treinta comuna de Quilicura, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña LESLIE CAROL VIDAL MOLINA, chilena, soltera, Dueña de Casa, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cuatro guión dos, domiciliada en Dorotea número mil seiscientos cincuenta y cinco, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a don JOSÉ MANUEL VERAGUA ALCAIDE, chileno, casado, pensionado, cédula de identidad número nueve millones quinientos sesenta y un mil doscientos sesenta y uno guión K, domiciliado en Pedro Victor Contreras, número dos mil trescientos tres, comuna Villa Alemana, Región de Valparaíso, quien la compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a don LUIS RICARDO SCHATZ COSTA, chileno, casado, Técnico en Logística , cédula de identidad número once millones ochocientos cuarenta y cuatro mil trescientos siete guión uno, domiciliado en Brasil número seiscientos sesenta, Villa Jardines del Norte, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, doscientas acciones ordinarias, de la presente sociedad a don RICARDO LEÓN LOYOLA ARANDA, chileno, casado, Pensionado, cédula de identidad número seis millones trescientos cuarenta mil setecientos sesenta y siete guión cuatro, domiciliado en Roberto Lorca, número ciento cincuenta y tres, comuna El Bosque, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de doscientos mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña MARGARITA PATRICIA PARDO VARAS, chilena, casada, Dueña de casa, cédula de identidad número siete millones setecientos setenta y ocho mil trescientos setenta y nueve guión dos, domiciliada en Pasaje Santa María, número treinta, Villa San José, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, doscientas acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña MARIANELA DEL ROSARIO MEDINA ZENTENO, chilena, casada, Técnico en Párvulos, cédula de identidad número once millones trescientos dieciocho mil trescientos cincuenta y cuatro guión tres, domiciliada en Avenida Centenario, número mil cincuenta y seis, departamento cuatrocientos tres, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de doscientos mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña SIBELLA DE LOURDES DÍAZ MELIÁN, chilena, casada, Asistente Social, cédula de identidad número quince millones cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos noventa y ocho guión cinco, domiciliada en José Ureta, número doscientos sesenta y siete, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. A su vez don CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña EMA ISOLINA ELIANA HERRERA HENRÍQUEZ, chilena, divorciada, Dueña de casa, cédula de identidad número siete millones ciento ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y seis guión K, domiciliada en Los Romeros, número doce mil cuatrocientos setenta y seis, comuna de El Bosque, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. CLAUDIO EDUARDO MARTINEZ MERINO, vende, cede y transfiere, cien acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña MARÍA ANGÉLICA CASTRO VALENCIA, chilena, casada, Dueña de casa, cédula de identidad número ocho millones novecientos setenta mil cuatrocientos setenta y cuatro guión K, domiciliada en Población Campo Deporte Maratón, número ochocientos treinta y tres, comuna de La Calera, Región de Valparaíso, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. Con el mérito de la Cesión señalada en la cláusula anterior, los accionistas de la sociedad son doña ANA ROSA URIBE PACHECO, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; CARIME ALEJANDRA GONZÁLEZ LLANTÉN, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; SANDRA JACQUELINE ROJAS MALVINO, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; LESLIE CAROL VIDAL MOLINA, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; JOSÉ MANUEL VERAGUA ALCAIDE, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; LUIS RICARDO SCHATZ COSTA, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; RICARDO LEÓN LOYOLA ARANDA, con doscientos mil pesos, equivalentes a doscientos acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARGARITA PATRICIA PARDO VARAS, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARIANELA DEL ROSARIO MEDINA ZENTENO, con doscientos mil pesos, equivalentes a doscientas acciones ordinarias de la serie única, del capital social; SIBELLA DE LOURDES DÍAZ MELIÁN, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; EMA ISOLINA ELIANA HERRERA HENRÍQUEZ, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARÍA ANGÉLICA CASTRO VALENCIA, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social, vienen en modificar los estatutos sociales de esta sociedad, en particular a modificar los siguiente artículos: El ARTÍCULO DUODÉCIMO: cambiando la Administración de la sociedad. En este acto, y a partir de este momento, se designan como administradores y representantes legales de la sociedad a doña ANA ROSA URIBE PACHECO, CARIME ALEJANDRA GONZÁLEZ LLANTÉN, SANDRA JACQUELINE ROJAS MALVINO, LESLIE CAROL VIDAL MOLINA, JOSÉ MANUEL VERAGUA ALCAIDE, LUIS RICARDO SCHATZ COSTA, RICARDO LEÓN LOYOLA ARANDA, MARGARITA PATRICIA PARDO VARAS, MARIANELA DEL ROSARIO MEDINA ZENTENO, SIBELLA DE LOURDES DÍAZ MELIÁN, EMA ISOLINA ELIANA HERRERA HENRÍQUEZ y doña MARÍA ANGÉLICA CASTRO VALENCIA, quienes anteponiendo su nombre a la razón social podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, otorgándole todas las facultades establecidas en el ARTÍCULO DUODÉCIMO de los estatutos sociales. A su vez los accionistas vienen en modificar el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, quedando de la siguiente manera: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón cuatrocientos mil pesos, equivalentes a mil cuatrocientas acciones ordinarias, sin valor nominal, todas de una misma serie, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera; ANA ROSA URIBE PACHECO, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; CARIME ALEJANDRA GONZÁLEZ LLANTÉN, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; SANDRA JACQUELINE ROJAS MALVINO, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social;LESLIE CAROL VIDAL MOLINA, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; JOSÉ MANUEL VERAGUA ALCAIDE, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; LUIS RICARDO SCHATZ COSTA, con cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; RICARDO LEÓN LOYOLA ARANDA, suscribe doscientos mil pesos, equivalentes a doscientas acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARGARITA PATRICIA PARDO VARAS, suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARIANELA DEL ROSARIO MEDINA ZENTENO, suscribe doscientos mil pesos, equivalentes a doscientas acciones ordinarias de la serie única, del capital social; SIBELLA DE LOURDES DÍAZ MELIÁN suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; EMA ISOLINA ELIANA HERRERA HENRÍQUEZ suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social; MARÍA ANGÉLICA CASTRO VALENCIA suscribe cien mil pesos, equivalentes a cien acciones ordinarias de la serie única, del capital social. Con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Capital: $1.400.000 dividido en 1400 acciones sin valor nominal y de una misma serie, suscritas y pagadas. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de Enero de 2022.