MIRADOR AZUL INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2022
Sociedad
- Capital
- $305.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de SANTIAGO
- Duración
- Cinco años a partir fecha escritura. Vencido este término, la sociedad se entenderá renovada en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación no inferior a tres meses al vencimiento del plazo antes indicado, o de la prórroga que hubiere operado
Objeto social
1) La compra y venta de bienes inmuebles, así como su comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces incluida la realización de inversiones de toda clase, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas. 2) Efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ello; pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio en empresas, sociedades e instituciones de cualquier naturaleza. 3) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería en construcción por cuenta propia o ajena, como contratista o sub contratista para la realización de trabajos en edificación, reparación, reconstrucción y modificación de obras civiles, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles y otros; en el desarrollo de proyectos inmobiliarios y las demás actividades conducentes a los objetivos señalados, o cualquier otra actividad que acuerden llevar a cabo los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 13 de enero de 2022, don MARCELO MARMADUKE GROVE DÍAZ, y don MARCELO GUILLERMO GROVE GUERRERO, ambos domiciliados para estos efectos en sector La Palmera sin número, comuna de Rauco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- Razón Social: “MIRADOR AZUL INVERSIONES LIMITADA ", pudiendo emplear la palabra "LIMITADA" abreviada por "LTDA.".- Objeto: 1) La compra y venta de bienes inmuebles, así como su comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces incluida la realización de inversiones de toda clase, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas. 2) Efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ello; pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio en empresas, sociedades e instituciones de cualquier naturaleza. 3) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería en construcción por cuenta propia o ajena, como contratista o sub contratista para la realización de trabajos en edificación, reparación, reconstrucción y modificación de obras civiles, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles y otros; en el desarrollo de proyectos inmobiliarios y las demás actividades conducentes a los objetivos señalados, o cualquier otra actividad que acuerden llevar a cabo los socios. Toda otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con este giro y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza.- La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don MARCELO MARMADUKE GROVE DÍAZ, quien, anteponiendo la razón social a su respectiva firma, obligará a la sociedad amplias facultades.- Capital: $305.000.000, que se aportan así: A) Don MARCELO MARMADUKE GROVE DÍAZ aporta la cantidad de $298.900.000, entregando en este acto 10 cheques por la cantidad de $29.890.000, como se señala en la escritura.- B) Don MARCELO GUILLERMO GROVE GUERRERO aporta la cantidad de $6.100.000, al contado y en dinero efectivo.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Duración: Cinco años a partir fecha escritura. Vencido este término, la sociedad se entenderá renovada en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación no inferior a tres meses al vencimiento del plazo antes indicado, o de la prórroga que hubiere operado.- Domicilio: Ciudad de SANTIAGO, sin perjuicio sucursales o agencias en el resto del país.-Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 14 de enero de 2022.-