INVERSIONES HVC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $56.968.574 CLP
- Domicilio
- ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. En lo demás, estatutos sociales de Inversiones HVC Limitada se mantienen íntegramente vigentes
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar de la fecha escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad
Objeto social
1) La sociedad tendrá por
Administración
En caso de fallecimiento de don Hernán Enrique Versluys Castro, éste será reemplazado de pleno Derecho y sin necesidad de acreditarlo frente a terceros por don Martín Antonio Versluys Rubio, cédula nacional de identidad número 19.088.476-7, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en el numeral uno anterior, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2021, Repertorio No. 8.296 – 2021, ante mí, COMPARECE: don HERNÁN ENRIQUE VERSLUYS CASTRO; y doña MARÍA AMPARO RUBIO VILA, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 654, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, y de paso en ésta, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES HVC LIMITADA”, RUT N° 77.433.920-5, en extracto inscrita a fojas 248 bajo el N° 182 del Registro de Comercio del año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, publicada en D.O. 22-02-2000, y de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Acuerdo De División. Socios acordaron dividir la sociedad, mediante la distribución de su patrimonio entre sí y una nueva sociedad por acciones que se constituirá al efecto, correspondiéndoles a los socios la misma proporción en el capital de la nueva sociedad que tienen en la sociedad de responsabilidad limitada dividida. La Sociedad que se divide subsistirá, y la sociedad por acciones que se crea producto de esta división se denominará “Inversiones MHV SpA”. 2) Para efectos de la división, socios acuerdan la disminución de capital de Inversiones HVC Limitada, de la cantidad de $57.570.000 a la cantidad de $56.968.574, entendiéndose esta última suma como el capital aportado y pagado con que quedará la Sociedad luego de la división. El monto del capital de Inversiones HVC Limitada que se disminuye ascendente a la cantidad de $601.426, es la suma total que se acuerda asignar como capital de la nueva sociedad que se constituye en este acto, en virtud de la distribución de patrimonios que tiene lugar como consecuencia de la división acordada. El capital con que nace la sociedad “Inversiones MHV SpA” ascenderá a la cantidad de $601.426. 3) Los derechos que representan el capital de la nueva sociedad que se crea, corresponderán sin cargo alguno y de pleno derecho a los actuales socios de Inversiones HVC Limitada en misma forma y proporciones que ellos tienen actualmente en esta sociedad y que se señala en la cláusula primera numeral 3 de la escritura extractada. 4) Como consecuencia de la división se modifica el artículo quinto de los estatutos sociales de Inversiones HVC Limitada, por el siguiente: “QUINTO. CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de $56.968.574, que se aporta por los socios de la siguiente manera: 1) Don Hernán Enrique Versluys Castro aporta la suma de $56.398.888, equivalentes al 99 % del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha. 2) Doña María Amparo Rubio Vila, aporta la suma de $569.686, equivalentes al 1% del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.”. 5) Estatutos de Inversiones MHV SpA. Don HERNÁN ENRIQUE VERSLUYS CASTRO; y doña MARÍA AMPARO RUBIO VILA, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 654, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, y de paso en ésta, aprobaron estatutos de la sociedad por acciones “Inversiones MHV SpA” que constituyen y de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES MHV SpA”. OBJETO SOCIAL: 1) La sociedad tendrá por objeto: La adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los accionistas. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $601.426, dividido en 601.426 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, se suscribe y paga en la siguiente forma: a) don Hernán Enrique Versluys Castro suscribe 595.412 acciones, por un valor equivalente en moneda de curso legal a $595.412 pesos, que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y b) doña María Amparo Rubio Vila suscribe 6.014 acciones, por un valor equivalente en moneda de curso legal a $6.014, que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. La responsabilidad de los accionistas se limita al monto de sus respectivos aportes. REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL. 1) La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Hernán Enrique Versluys Castro, quién anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. 2) Fallecimiento del accionista que tiene el uso de la Razón Social. En caso de fallecimiento de don Hernán Enrique Versluys Castro, éste será reemplazado de pleno Derecho y sin necesidad de acreditarlo frente a terceros por don Martín Antonio Versluys Rubio, cédula nacional de identidad número 19.088.476-7, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en el numeral uno anterior, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa. DURACIÓN: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar de la fecha escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. DOMICILIO: ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. En lo demás, estatutos sociales de Inversiones HVC Limitada se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. CAPITAL VIGENTE INVERSIONES HVC LIMITADA: $56.968.574. San Miguel, 17 de enero de 2022.