MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INVERSIONES DOKAYO S.A.

RUT 77342644-9 CVE 2074379
Capital
$102.719 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2021
Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$102.719 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: En escritura pública de hoy, ante mí, se redujo Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES DOKOYO S.A. Rut 77342644-9, celebrada con esta misma fecha, también ante mí, en la que la unanimidad de los accionistas acordaron: I) Aumentar el capital social, actualmente de $102.719.707 dividido en 350.000 acciones, en la suma de 532.393.138 pesos emitiéndose al efecto 1.814.039 acciones a un valor de 293,485 pesos por acción, obteniéndose un capital social final de $635.112.845, dividido en 2.164.039 acciones, todas de una misma clase o serie, nominativas y sin valor nominal. Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de 635.112.845 pesos, dividido en 2.164.039 acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y parcialmente pagadas en la forma y proporción que se indica en el Artículo Primero Transitorio. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la junta ordinaria de accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución del capital propio”. II) Modificar la razón social de la sociedad a INVERSIONES DOKAYO S.A. reemplazando el artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero: se constituye una sociedad anónima cerrada con el nombre “INVERSIONES DOKAYO S.A.”, la que se regirá por el presente estatuto y por las disposiciones legales de las Leyes dieciocho mil cuarenta y cinco, dieciocho mil cuarenta y seis y demás normas legales y reglamentarias que sean aplicables”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2021.