AGRÍCOLA Y GANADERA A y G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 900
- Notario
- ANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO
- Domicilio
- Linares
- Comuna
- Linares de doña Marta
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRÍCOLA Y GANADERA A y G LIMITADA | socio | 78847780-5 | — | — |
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 35512 del 10 de julio de 1996
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO, Notario Público Linares, Chacabuco 551-A, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de Diciembre de 2021, suscrita ante mi Suplente Arturo Castro Salgado, don Héctor Eduardo Álvarez Gallego, agricultor, domiciliado en Camino a Palmilla, Fundo San Luis sin número, comuna de Linares, por sí y en representación de Agrícola y Comercial Los Queltehues Limitada, domiciliada en la comuna de Linares, modificaron sociedad AGRÍCOLA Y GANADERA A y G LIMITADA, RUT 78.847.780-5 constituida por escritura pública de 19 de junio de 1996, otorgada ante el notario público de Linares don Bernardo Mellibosky Oyharcabal, repertorio Nº 900, inscrita en el Registro de Comercio de Linares el 3 de julio de 1996, a fojas 74 Nº 48, publicado su extracto en el Diario Oficial Nº 35.512 de 10 de julio de 1996. Modificada por escritura pública de 30 de julio de 2008, repertorio Nº 1.720, Notaría de Linares de doña Marta Gabriela Alvarado Agurto, extracto inscrito el 12 de agosto de 2008 en el Registro de Comercio de Linares a fojas 84 vuelta Nº 121, publicado en el Diario Oficial Nº 39.138, el 14 de agosto de 2008. Modificada por escritura pública de 30 de abril de 2010, repertorio Nº 744, Notaría de Linares de doña Marta Gabriela Alvarado Agurto, ante el Notario Suplente don Bernardo Javier Mellibosky Diez, extracto inscrito el 1 de junio de 2010 en el Registro de Comercio de Linares a fojas 70 vuelta Nº 99, publicado en el Diario Oficial Nº 39.673, el 31 de mayo de 2010. Modificación actual consiste en eliminar tanto la actual razón social como el nombre de fantasía de la sociedad, quedando el artículo primero del estatuto social de la siguiente manera: “PRIMERO: Razón Social. El nombre o razón social es Pafal Inmobiliaria Limitada, pudiendo actuar ante toda clase de personas, naturales o jurídicas, públicas, privadas, mixtas, cooperativas, fundaciones, corporaciones, incluidos los bancos y entidades financieras, bajo la sigla comercial o nombre de fantasía de Pafal Inmobiliaria, y el uso de éste obligará a la sociedad de la misma manera que la razón social.”. Asimismo, modificar el objeto de la sociedad para desarrollar actividades inmobiliarias, por lo que el artículo segundo quedará de la siguiente manera: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es la compra, venta, adquisición, enajenación de todo tipo de bienes raíces, a cualquier título; el arriendo y subarriendo de inmuebles amoblados o no; la construcción o modificación de bienes raíces; la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías y corretajes; así como también la realización de todo aquello que sea tendiente a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden.”. En lo demás se conservan incólumes los estatutos sociales, incluso en su capital que asciende a la cantidad de $1.000.000. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Linares, 13 de Enero de 2022.