CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SAN DIEGO LIMITADA

CVE 2074310
Capital
$200.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de enero de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de enero de 2022
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$200.000.000 CLP
Domicilio
Lo Barnechea, Región Metropolitana
Duración
5 años, contados desde la fecha de inscripción de la presente escritura pública en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, plazo que se renovará tácita y sucesivamente, por periodos iguales

Objeto social

1) explotación de predios agrícolas en cualquiera de sus formas, ya sea, de forma meramente ejemplar, ganadera, frutícola, vitivinícola, forestal, agroindustrial, u otra diversa que autoricen las leyes, y bajo cualquier forma de tenencia; 2) producción, comercialización, industrialización, distribución, importación, exportación, en Chile y)o en el extranjero, de productos agrícolas, ganaderos, forestales, vitivinícolas, agroindustriales, sus derivados e insumos, que produzcan los predios agrícolas que explote la sociedad a cualquier título o bajo cualquier forma de tenencia, incluyendo los productos provenientes de contratos de medierías o aparcerías; 3) comprar, vender, importar, exportar, y comercializar en general, los productos necesarios para la explotación agropecuaria; 4) la sociedad podrá desarrollar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de negocios, actos, contratos o actividades, relacionadas o no con el giro principal, que los socios de común acuerdo determinen

Administración

Corresponderá a los socios CATALINA COVARRUBIAS ARIZTÍA y MATÍAS OSVALDO VIDAL GANA, los que podrán actuar separada o indistintamente con todas las facultades que se establecen en escritura de constitución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico que por escritura hoy, ante mí, don DIEGO AUGUSTO COVARRUBIAS ARIZTÍA, ingeniero agrónomo, domiciliado en Bernardo Larraín Cotapos N° 12.663, depto. 4102, Lo Barnechea, Región Metropolitana; CATALINA COVARRUBIAS ARIZTÍA, ingeniero comercial, domiciliada en Bernardo Larraín Cotapos N° 12.663, depto. 4102, Lo Barnechea, Región Metropolitana; MARÍA TERESA COVARRUBIAS ARIZTÍA, diseñadora, domiciliada en Bernardo Larraín Cotapos N° 12.663, depto.. 4102, Lo Barnechea, Región Metropolitana; y MATÍAS OSVALDO VIDAL GANA, empresario, domiciliado en Pedro Lira Urquieta N° 10.176, Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “AGRÍCOLA SAN DIEGO LIMITADA”, nombre de fantasía “SAN DIEGO LTDA.". Domicilio: Lo Barnechea, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: 1) explotación de predios agrícolas en cualquiera de sus formas, ya sea, de forma meramente ejemplar, ganadera, frutícola, vitivinícola, forestal, agroindustrial, u otra diversa que autoricen las leyes, y bajo cualquier forma de tenencia; 2) producción, comercialización, industrialización, distribución, importación, exportación, en Chile y/o en el extranjero, de productos agrícolas, ganaderos, forestales, vitivinícolas, agroindustriales, sus derivados e insumos, que produzcan los predios agrícolas que explote la sociedad a cualquier título o bajo cualquier forma de tenencia, incluyendo los productos provenientes de contratos de medierías o aparcerías; 3) comprar, vender, importar, exportar, y comercializar en general, los productos necesarios para la explotación agropecuaria; 4) la sociedad podrá desarrollar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de negocios, actos, contratos o actividades, relacionadas o no con el giro principal, que los socios de común acuerdo determinen. Administración y uso de la Razón Social: Corresponderá a los socios CATALINA COVARRUBIAS ARIZTÍA y MATÍAS OSVALDO VIDAL GANA, los que podrán actuar separada o indistintamente con todas las facultades que se establecen en escritura de constitución. Capital Social: $200.000.000.- A) DIEGO AUGUSTO COVARRUBIAS ARIZTÍA aporta $40.000.000.-, equivalentes al 20% del capital social; B) CATALINA COVARRUBIAS ARIZTÍA aporta $40.000.000.-, equivalentes al 20% del capital social. C) MARÍA TERESA COVARRUBIAS ARIZTÍA aporta $40.000.000.-, equivalentes al 20% del capital social. D) MATIAS OSVALDO VIDAL GANA aporta $80.000.000.-, equivalentes al 40% del capital social. Limitación: Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los aportes y las utilidades o pérdidas se distribuirán entre ellos a prorrata de sus aportes al capital social. Vigencia: 5 años, contados desde la fecha de inscripción de la presente escritura pública en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, plazo que se renovará tácita y sucesivamente, por periodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2022.-