Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2022
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- "TORRES Y TURU SpA"
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga, vigente, mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción de esta sociedad
Objeto social
la explotación, administración, la asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, licitaciones, ya sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional y servicios de bienestar
Administración
corresponderá a JOAQUIN HUMBERTO TORRES ROJAS y a MAURICIO ANDRÉS TURU CANESSA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Abogado, Notario Público Titular, 49º Notaría Santiago, Amunategui 73, certifico: Que, por escritura pública de fecha 12 de Enero de 2022, ante el Suplente ALVARO GERMAN ORELLANA JARA; don JOAQUIN HUMBERTO TORRES ROJAS y don MAURICIO ANDRÉS TURU CANESSA, ambos domiciliados en calle Los Plátanos número tres mil quinientos cuarenta y ocho, de la comuna de Macul, en la ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: " SOCIEDAD MÉDICA TORRES Y TURU SpA". Nombre de Fantasía: "TORRES Y TURU SpA" Domicilio: Santiago. Objeto: la explotación, administración, la asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, licitaciones, ya sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional y servicios de bienestar. Administración y Uso de la Razón Social: corresponderá a JOAQUIN HUMBERTO TORRES ROJAS y a MAURICIO ANDRÉS TURU CANESSA. Capital: $1.000.000.- enterados y pagados en dinero efectivo a la caja social de la siguiente manera: MAURICIO ANDRÉS TURU CANESSA aporta la cantidad de $500.000 que equivalen al 50,00% del haber social y JOAQUÍN HUMBERTO TORRES ROJAS aporta la cantidad de $500.000 que equivalen al 50,00% del haber social. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga, vigente, mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción de esta sociedad. Demás estipulaciones, escritura.- Santiago, 17 de Enero de 2022.