CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FSH CORREDORES DE SEGUROS SpA

RUT 15122910-7 CVE 2073926
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2022
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2022
Notario
JUAN ROBERTO PEÑA URRA
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Rancagua

Objeto social

a) Comercializar, vender intermediar y gestionar contratos de seguro entre particulares y empresas privadas o públicas; b) Participar en licitaciones públicas y privadas, asociadas a seguros y reaseguros; c)Asesorar a las personas que deseen asegurarse por su intermedio; d)Ofrecer al contratante las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses; e)Informar sobre las condiciones del contrato; f)Asistir durante la vigencia del contrato y al momento de producirse un siniestro; g)Remitir al asegurado la póliza correspondiente; h) Verificar la identidad de los asegurados y la existencia y ubicación de los bienes asegurables. i) Entregar a la compañía la información que posean sobre el riesgo propuesto; j) Remitir a la compañía las primas y documentos que reciban por las pólizas que intermedien; k) Reasegurar a base de primas o en la forma que autorice la Ley, los riesgos que se comprendan dentro del Primer Grupo de la clasificación del artículo octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno o el que lo sustituya o reemplace específicamente respecto de los riesgos de crédito, de garantía y de fidelidad, contemplados en el artículo undécimo del citado Decreto con Fuerza de Ley, entendiéndose por aquellos los relacionados al riesgo de pérdidas o deterioro, en el patrimonio del asegurado, producto del no pago de una obligación en dinero o de crédito de dinero; así como también contratar todos aquellos seguros para los cuales la faculte la ley en el futuro, pudiendo la sociedad también contratar todo tipo de reaseguros sobre los riesgos señalados; l) Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades los Seguros Generales, también llamadas del primer grupo y Seguros de Vida, también llamadas del segundo grupo, según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF); m) y todas las actividades que sean afines o complementarias al giro asegurador y reasegurados, conforme al artículo cuarto del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno- o la ley que lo reemplace-, entendiéndose dentro del objeto desde el momento que la ley o la Superintendencia de Valores y Seguros así lo señale o autorice.- En general la sociedad podrá desarrollar todo tipo de negocios relacionados o no con el giro principal, sea por cuenta propia o ajena, mediante asociación o no con otras personas naturales o jurídicas, incluidas fundaciones o corporaciones con personalidad jurídica

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña María Francisca Solís Hernández, quien tendrá las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, certifico: por escritura pública hoy, ante mí, MARÍA FRANCISCA SOLÍS HERNÁNDEZ, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 15.122.910-7, domiciliada en Los Alicantos N° 137, Villa Constanza, Rancagua. La compareciente viene en constituir la Sociedad por acciones en los siguientes términos: Razón Social “FSH CORREDORES DE SEGUROS SpA. Objeto social: a) Comercializar, vender intermediar y gestionar contratos de seguro entre particulares y empresas privadas o públicas; b) Participar en licitaciones públicas y privadas, asociadas a seguros y reaseguros; c)Asesorar a las personas que deseen asegurarse por su intermedio; d)Ofrecer al contratante las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses; e)Informar sobre las condiciones del contrato; f)Asistir durante la vigencia del contrato y al momento de producirse un siniestro; g)Remitir al asegurado la póliza correspondiente; h) Verificar la identidad de los asegurados y la existencia y ubicación de los bienes asegurables. i) Entregar a la compañía la información que posean sobre el riesgo propuesto; j) Remitir a la compañía las primas y documentos que reciban por las pólizas que intermedien; k) Reasegurar a base de primas o en la forma que autorice la Ley, los riesgos que se comprendan dentro del Primer Grupo de la clasificación del artículo octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno o el que lo sustituya o reemplace específicamente respecto de los riesgos de crédito, de garantía y de fidelidad, contemplados en el artículo undécimo del citado Decreto con Fuerza de Ley, entendiéndose por aquellos los relacionados al riesgo de pérdidas o deterioro, en el patrimonio del asegurado, producto del no pago de una obligación en dinero o de crédito de dinero; así como también contratar todos aquellos seguros para los cuales la faculte la ley en el futuro, pudiendo la sociedad también contratar todo tipo de reaseguros sobre los riesgos señalados; l) Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades los Seguros Generales, también llamadas del primer grupo y Seguros de Vida, también llamadas del segundo grupo, según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF); m) y todas las actividades que sean afines o complementarias al giro asegurador y reasegurados, conforme al artículo cuarto del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno- o la ley que lo reemplace-, entendiéndose dentro del objeto desde el momento que la ley o la Superintendencia de Valores y Seguros así lo señale o autorice.- En general la sociedad podrá desarrollar todo tipo de negocios relacionados o no con el giro principal, sea por cuenta propia o ajena, mediante asociación o no con otras personas naturales o jurídicas, incluidas fundaciones o corporaciones con personalidad jurídica.. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de agencias y sucursales. Capital: $2.000.000 dividido en 200 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña María Francisca Solís Hernández, quien tendrá las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 17 de enero de 2022. Doy Fe.-