FSH CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2022
- Notario
- JUAN ROBERTO PEÑA URRA
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
Objeto social
a) Comercializar, vender intermediar y gestionar contratos de seguro entre particulares y empresas privadas o públicas; b) Participar en licitaciones públicas y privadas, asociadas a seguros y reaseguros; c)Asesorar a las personas que deseen asegurarse por su intermedio; d)Ofrecer al contratante las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses; e)Informar sobre las condiciones del contrato; f)Asistir durante la vigencia del contrato y al momento de producirse un siniestro; g)Remitir al asegurado la póliza correspondiente; h) Verificar la identidad de los asegurados y la existencia y ubicación de los bienes asegurables. i) Entregar a la compañía la información que posean sobre el riesgo propuesto; j) Remitir a la compañía las primas y documentos que reciban por las pólizas que intermedien; k) Reasegurar a base de primas o en la forma que autorice la Ley, los riesgos que se comprendan dentro del Primer Grupo de la clasificación del artículo octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno o el que lo sustituya o reemplace específicamente respecto de los riesgos de crédito, de garantía y de fidelidad, contemplados en el artículo undécimo del citado Decreto con Fuerza de Ley, entendiéndose por aquellos los relacionados al riesgo de pérdidas o deterioro, en el patrimonio del asegurado, producto del no pago de una obligación en dinero o de crédito de dinero; así como también contratar todos aquellos seguros para los cuales la faculte la ley en el futuro, pudiendo la sociedad también contratar todo tipo de reaseguros sobre los riesgos señalados; l) Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades los Seguros Generales, también llamadas del primer grupo y Seguros de Vida, también llamadas del segundo grupo, según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF); m) y todas las actividades que sean afines o complementarias al giro asegurador y reasegurados, conforme al artículo cuarto del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno- o la ley que lo reemplace-, entendiéndose dentro del objeto desde el momento que la ley o la Superintendencia de Valores y Seguros así lo señale o autorice.- En general la sociedad podrá desarrollar todo tipo de negocios relacionados o no con el giro principal, sea por cuenta propia o ajena, mediante asociación o no con otras personas naturales o jurídicas, incluidas fundaciones o corporaciones con personalidad jurídica
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña María Francisca Solís Hernández, quien tendrá las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, certifico: por escritura pública hoy, ante mí, MARÍA FRANCISCA SOLÍS HERNÁNDEZ, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 15.122.910-7, domiciliada en Los Alicantos N° 137, Villa Constanza, Rancagua. La compareciente viene en constituir la Sociedad por acciones en los siguientes términos: Razón Social “FSH CORREDORES DE SEGUROS SpA. Objeto social: a) Comercializar, vender intermediar y gestionar contratos de seguro entre particulares y empresas privadas o públicas; b) Participar en licitaciones públicas y privadas, asociadas a seguros y reaseguros; c)Asesorar a las personas que deseen asegurarse por su intermedio; d)Ofrecer al contratante las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses; e)Informar sobre las condiciones del contrato; f)Asistir durante la vigencia del contrato y al momento de producirse un siniestro; g)Remitir al asegurado la póliza correspondiente; h) Verificar la identidad de los asegurados y la existencia y ubicación de los bienes asegurables. i) Entregar a la compañía la información que posean sobre el riesgo propuesto; j) Remitir a la compañía las primas y documentos que reciban por las pólizas que intermedien; k) Reasegurar a base de primas o en la forma que autorice la Ley, los riesgos que se comprendan dentro del Primer Grupo de la clasificación del artículo octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno o el que lo sustituya o reemplace específicamente respecto de los riesgos de crédito, de garantía y de fidelidad, contemplados en el artículo undécimo del citado Decreto con Fuerza de Ley, entendiéndose por aquellos los relacionados al riesgo de pérdidas o deterioro, en el patrimonio del asegurado, producto del no pago de una obligación en dinero o de crédito de dinero; así como también contratar todos aquellos seguros para los cuales la faculte la ley en el futuro, pudiendo la sociedad también contratar todo tipo de reaseguros sobre los riesgos señalados; l) Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades los Seguros Generales, también llamadas del primer grupo y Seguros de Vida, también llamadas del segundo grupo, según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF); m) y todas las actividades que sean afines o complementarias al giro asegurador y reasegurados, conforme al artículo cuarto del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno- o la ley que lo reemplace-, entendiéndose dentro del objeto desde el momento que la ley o la Superintendencia de Valores y Seguros así lo señale o autorice.- En general la sociedad podrá desarrollar todo tipo de negocios relacionados o no con el giro principal, sea por cuenta propia o ajena, mediante asociación o no con otras personas naturales o jurídicas, incluidas fundaciones o corporaciones con personalidad jurídica.. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de agencias y sucursales. Capital: $2.000.000 dividido en 200 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña María Francisca Solís Hernández, quien tendrá las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 17 de enero de 2022. Doy Fe.-