CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ANGERDOVA SpA

CVE 2073467
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2022
Notario
Christian Alejandro Ortiz Cáceres
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Doña MIJAL ANDREA GELIN VEGA, Chilena, Soltera, Ingeniero en Marketing, con domicilio en Avenida Las Tranqueras Nº 830, comuna de Las Condes, Región Metropolitana constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "ANGERDOVA SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "ANGERDOVA".- El Objeto de la presente sociedad será: a) La fabricación, elaboración y comercialización de cervezas; b)La exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios al por mayor y al detalle; c) Distribución y comercialización de todo tipo de bienes; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; g) Toda otra actividad que él o los socios acuerden desarrollar. Duración: La duración de la empresa será indefinida. Capital $2.000.000, dividido en 2.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2022.