Inversiones León Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2022
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $102.602 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia; Certifico que por escritura pública fecha 4 de enero de 2022, otorgada ante doña María Fernanda De Los Santos Ferraz, abogado, Notario Público Suplente de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, doña María del Pilar Aspillaga Manterola, domiciliada en Camino El Sembrador 9.979, Lo Barnechea, don Jorge Araneda Maturana, domiciliado en Asturias 437, Las Condes y Nueva Era SpA, domiciliada para estos efectos en Asturias 437, Las Condes, modificaron Inversiones León Limitada (la “Sociedad”), en los siguientes términos: 1) don Jorge Araneda Maturana vendió, cedió y transfirió el 0,5% de los derechos en Inversiones León Limitada a Nueva Era SpA. Como consecuencia de la referida cesión de derechos, quedan como únicos socios de Inversiones León Limitada: i) doña María del Pilar Aspillaga Manterola, con un 50% del total de los derechos sociales; ii) don Jorge Araneda Maturana, con un 49,5% por ciento del total de los derechos sociales; y, iii) Nueva Era SpA, con un 0,5% por ciento del total de los derechos sociales; 2) Se retiró la socia doña María del Pilar Aspillaga Manterola, efectuándose la correspondiente devolución de su aporte en el capital social mediante la disminución del capital social desde la cantidad de $102.602 a la cantidad $51.301; 3) Modificaron la administración de la sociedad en el sentido que la administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderán a don Jorge Araneda Maturana con facultades señaladas en escritura extractada; 4) Acordaron modificar la vigencia de la Sociedad estableciendo que ésta tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno; y 5) Como consecuencia de todo lo anterior, se modificaron las siguientes cláusulas de los estatutos sociales: A) Se reemplazo el artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de $51.301, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: en un 99%, don Jorge Araneda Maturana; y en el restante 1%, Nueva Era SpA”; B) Se reemplazó el artículo Noveno de los estatutos sociales, acordando los socios que la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Jorge Eduardo Araneda Maturana, quien actuará con amplias facultades indicadas escritura extractada; y C) Se reemplazo el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad de disolverla por cumplimiento del plazo pactado para su duración o período que esté corriendo, por escritura pública extendida y anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de noventa días al respectivo vencimiento”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. En Santiago a 11 de enero de 2022.