Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2022
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) El ejercicio de la actividad comercial, en sus formas más amplias, y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, b) la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuanto propia o ajena, c) la comercialización, arriendo o explotación hotelera o turística de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia, d) la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, e) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; f) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, tales como compraventa, exportación e importación de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; g) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; h) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada ante la titular Valeria Ronchera Flores, en fecha 03 de enero de 2022, ROSALEJANDRA PAOLA GLORIETT ALVARADO, venezolana, empresaria, soltera, cédula nacional de identidad para extranjeros número veintiséis millones doscientos sesenta y dos mil trescientos treinta y tres guión cinco, pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela número cero ocho cinco cinco cuatro siete seis cinco cero; domiciliada para estos efectos en calle Huérfanos mil cuatrocientos, Santiago, constituyó la Sociedad por Acciones, bajo la razón social “GLORIETT CHILE SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos, municipalidades y el Servicio de Impuestos Internos, con los nombres de fantasía “VICTORIA INVERSIONES”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) El ejercicio de la actividad comercial, en sus formas más amplias, y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, b) la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuanto propia o ajena, c) la comercialización, arriendo o explotación hotelera o turística de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia, d) la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, e) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; f) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, tales como compraventa, exportación e importación de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; g) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; h) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de tres millones de pesos, dividido en cien mil acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga por los accionistas fundadores señorita ROSALEJANDRA PAOLA GLORIETT ALVARADO al valor inicial de treinta pesos cada acción, según las reglas siguientes: a) El capital se suscribe íntegramente en este acto por los accionistas fundadores compareciente en este instrumento, tomando cien mil acciones; b) El capital se pagará a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de cinco años. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2021.